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ECONOMÍA

Renta 2023: las novedades de Hacienda a tener en cuenta antes de presentar la declaración

Casi 23 millones de contribuyentes participarán, a partir de este 3 de abril, en la campaña de este año, una de las más largas

ARAGÓN NOTICIAS /
El próximo 3 de abril comienza el plazo de presentación de la Renta por internet. / Canva
icono foto El próximo 3 de abril comienza el plazo de presentación de la Renta por internet. / Canva

La campaña de la Renta 2023 calienta motores. El próximo 3 de abril comienza el plazo de presentación por internet y los casi 23 millones de contribuyentes españoles han de tener en cuenta los cambios normativos introducidos en el último ejercicio antes de presentar su declaración. Además, la de este año será una de las campañas más largas, ya que, además de comenzar una semana antes de lo habitual, también se prolongará por primera vez al 1 de julio, frente al cierre ordinario del 30 de junio.

Según señala Ana Rubio, vicepresidenta del Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Aragón y La Rioja, una de las principales novedades es la modificación del límite para declarar por rendimientos de trabajo que procedan de más de un pagador. Según lo previsto en el artículo 96.3 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Física, el importe se eleva de 14.000 a 15.000 euros, con las excepciones señaladas en dicho artículo: pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas; los casos en los que el pagador no esté obligado a retener, o cuando sean rendimientos sujetos a tipo fijo de retención. 

Sobre esta cuestión, la experta resalta: "En el caso de los empleados de hogar y cuidadoras, el pagador no está obligado a retener, al no tratarse de una empresa. Por lo que si han cobrado 15.000 euros o más tienen la obligación de declarar". En caso de tener un único pagador, el límite seguirá estando en 22.000 euros.

Otro de los cambios de esta campaña es que también se modifican los requisitos para poder aplicar la deducción por maternidad. "Las madres con derecho a la aplicación del mínimo por descendientes pueden reducir la cuota diferencial hasta en 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años hasta que alcancen esa edad siempre que cumplan con los requisitos", señala la gestora administrativa.

Estas condiciones son que en el momento del nacimiento del menor percibieran prestaciones contributivas o asistenciales del sistema de protección de desempleo o que estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad con un período mínimo de 30 días cotizados.

Actividades económicas

Por otro lado, se aplicarán nuevas reducciones a los contribuyentes con rendimientos netos de actividades económicas inferiores a 19.747,50 euros, siempre que no tengan rentas, excluidas las exentas, distintas de las de actividades económicas y superiores a 6.500. Las nuevas cuantías son, para contribuyentes con rendimientos netos de actividades económicas iguales o inferiores a 14.047,50 euros, 6.498 euros anuales y, para contribuyentes con rendimientos netos de actividades económicas hasta los 19.747,50 euros, 6.498 euros menos el resultado de multiplicar la diferencia entre el rendimiento del trabajo y 14.047,50 euros por 1,14.

Además, el porcentaje de deducción para el conjunto de las provisiones deducibles y los gastos de difícil justificación para los contribuyentes que determinen su rendimiento neto por el método de estimación directa simplificada será durante el ejercicio 2023 del 7% y de un 10% para quienes lo hagan por el método de estimación objetiva.

Los autónomos son el grupo profesional que más va a notar algunos de los cambios fiscales. Una de las medidas que se les exigirá en la renta de este año es declarar sea cual sea su ingreso anual. 

Tramo autonómico

El Gobierno de Aragón aprobó en 2023 una deflactación del tramo autonómico de alrededor del 5% que afectará a las rentas de menos de 50.000 euros y que permitirá un ahorro de hasta 157 euros mensuales

Vivienda

Una de las novedades que introduce la ley 12/2023 de 24 de mayo, aunque no se aplicará hasta la declaración de 2024, es que habrá que distinguir entre los contratos de arrendamiento de vivienda habitual celebrados antes del 26 de mayo de 2023 y los firmados a posteriori. A los primeros se les seguirá imputando la reducción de un 60% del rendimiento, mientras que para los posteriores la reducción será un 90%, 70%, 60% o 50%, según las circunstancias, siendo el del 50% el más habitual.

Errores y precauciones

La experta explica que, si tras la presentación de la declaración, se detecta algún error involuntario, es posible enmendarlo sin consecuencias desfavorables. "Si de la rectificación resulta a pagar más o a devolver menos se hace una declaración complementaria sin problemas y si, por el contrario, resulta a devolver más o a pagar menos se solicita la rectificación", explica Rubio.

Por último, la administradora advierte: "Este año hay que tener mucho ojo con los fraccionamientos en la renta. El proceso sigue siendo el mismo -el 60% hasta el 30 de junio y el 40% hasta el 5 de noviembre-, pero si no se paga el segundo plazo se determinará el periodo ejecutivo sobre la totalidad de la deuda".