Publicidad
AGENCIA TRIBUTARIA

Comienza la declaración de la Renta: "Debe hacerse sin prisa pero sin pausa"

La campaña se extenderá hasta el 1 de julio. Desde el Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Aragón y La Rioja recomiendan prestar especial atención a las deducciones autonómicas. En la Comunidad se presentaron 749.647 declaraciones el año pasado

A. H. /
icono foto Varias personas son atendidas en una oficina de la Agencia Tributaria. / Europa Press.

La campaña de la renta de 2023 comienza este miércoles 3 de abril y se extenderá hasta el 1 de julio. Desde el Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Aragón y La Rioja recomiendan hacerla "sin prisa pero sin pausa", y prestar especial atención a las deducciones autonómicas. En la Comunidad se presentaron 749.647 declaraciones el año pasado.

Desde este miércoles se puede acceder al borrador y presentar la liquidación de IRPF por internet, tanto a través del programa Renta Web como de la aplicación móvil de la Agencia Tributaria, previa identificación con certificado electrónico, número de referencia o Cl@ve PIN.

La declaración se podrá presentar por teléfono a partir del 7 de mayo, y de manera presencial en oficinas desde el 3 de junio. El plazo finaliza en todos los casos el 1 de julio, salvo que se quiera domiciliar el pago a ingresar, en cuyo caso tiene que entregarse antes del 26 de junio.

"La experiencia nos dice que los dos o tres primeros días son muy intensos, porque, por ejemplo, quienes calculan que le puede salir a devolver quieren tener la devolución cuanto antes, pero se suelen producir saturaciones", explica David Sánchez, vocal del Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Aragón y La Rioja, quien recomienda hacer la declaración y presentarla "con calma", pero tampoco sin dejarla para el último momento. "Hay un plazo de tres meses: abril, mayo y junio. Tres meses completos, y tan malo puede ser presentarla deprisa y corriendo, como tarde y mal", añade. 

Sobre los principales aspectos a tener en cuenta, Sánchez resalta: "Así como las deducciones estatales casi todo el mundo las conoce, porque salen mucho en prensa, a las autonómicas a veces no se les hace demasiado caso y pasan un poco más desapercibidas, pero hay que contar con ellas, que hay unas cuantas". 

Antes las dudas que puedan surgir, el gestor administrativo aconseja contactar con un profesional. "Estamos para eso. Hay cosas en ocasiones muy específicas, o una determinada circunstancia, para la que se necesita asesoramiento. Nosotros trabajamos mucho con clientes con los que llevamos muchos años haciéndoles la renta. Son clientes de toda la vida y, por ello, hay confianza y tienen un acceso a nosotros más fácil, con solo una llamada, porque nos conocemos. Pero también vienen cada año nuevos clientes que han hecho alguna cosa específica o necesitan el acompañamiento de un profesional, y vienen para hacer una consulta o la propia declaración", comenta. 

Obligación de declarar

En la campaña de la renta de 2023 estarán obligados a presentar declaración los contribuyentes con rentas del trabajo superiores a 22.000 euros de un pagador o 15.000 euros de más de uno, entre otros supuestos.

También están obligados a declarar todos los perceptores del ingreso mínimo vital (IMV), aunque esto no implica que tengan que tributar por esos recursos, y los contribuyentes que hayan estado dados de alta como autónomos en algún momento de 2023.

Reducción para rentas bajas

Las rentas bajas disfrutaron en 2023 de una rebaja fiscal -el mínimo exento de tributación se elevó de 14.000 a 15.000 euros y se incrementaron las reducciones para rentas del trabajo inferiores a 21.000 euros brutos-, que en la mayoría de los casos estará ya aplicada vía retenciones.

Asimismo, los autónomos acogidos al régimen de módulos pueden aplicarse una reducción adicional del 5% en el rendimiento neto (hasta un total del 10%) en el ejercicio 2023 y los del régimen de estimación directa simplificada, una reducción del 7% para gastos deducibles de difícil justificación (en lugar del 5%).

En cambio, en el ejercicio 2023 se elevan los tipos para las rentas del capital más altas, que escalan hasta el 27% para rentas de entre 200.000 y 300.000 euros (un punto más) y el 28% para rentas superiores a 300.000 euros (dos puntos más).

Deducciones varias

Una de las novedades en la campaña de 2023 es la nueva deducción del 15% para la compra de un vehículo eléctrico enchufable nuevo y no afecto a actividades económicas, hasta una base máxima de 20.000 euros, y otra del mismo importe, con una base máxima de 4.000 euros, para la instalación de sistemas de recarga de baterías, siempre que la inversión se haya realizado a partir del 30 de junio.

Continúa en vigor la deducción por actuaciones para mejorar la eficiencia energética de la vivienda habitual o en alquiler, por hasta un 40% de lo invertido siempre que reduzca en al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración. En el caso de que las obras afecten a un edificio residencial completo, la reducción es del 60%.

Asimismo, se mantiene el tope de aportaciones deducibles a planes de pensiones en 1.500 euros para planes individuales y 8.500 euros para planes de empleo, aunque ahora se permite que en este último caso el trabajador aporte más que la empresa, de acuerdo a unos coeficientes. El límite conjunto se mantiene en 10.000 euros.

Otra novedad es la ampliación de la deducción de maternidad, que ahora también podrán solicitar las madres en situación de desempleo o que se den de alta en la Seguridad Social con posterioridad al nacimiento, así como su extensión para gastos de guardería en hasta 1.000 euros anuales, aunque el centro no sea educativo.