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INVESTIDURA

La ley de amnistía abarca más de una década del 'procés' y los jueces deberán aplicarla en un plazo de dos meses

En la proposición de ley apuntan también que los recursos no tendrán efectos suspensivos

ARAGÓN NOTICIAS / AGENCIAS /
Carles Puigdemont durante la rueda de prensa para explicar el acuerdo entre PSOE y Junts para la investidura. / Europa Press
icono foto Carles Puigdemont durante la rueda de prensa para explicar el acuerdo entre PSOE y Junts para la investidura. / Europa Press

El PSOE ha presentado este lunes en el Congreso de los Diputados la proposición de ley para amnistiar al independentismo catalán. La propuesta abarca 11 años del 'procés', desde el 1 enero de 2012 (pasando por la consulta del 9 de noviembre de 2014, el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 y los disturbios tras la sentencia del 'procés' en 2019) hasta este lunes 13 de noviembre.

Así consta en el texto que se ha presentado en el Congreso de los Diputados, en el que se propone amnistiar delitos de usurpación de funciones públicas, malversación, desobediencia, desórdenes públicos y prevaricación.

En este sentido, plantea exonerar "los actos cometidos con la intención de reivindicar, promover o procurar la secesión o independencia de Cataluña, así como los que hubieran contribuido a la consecución de tales propósitos".

De esta manera, quedarían amnistiados los actos determinantes de "responsabilidad penal, administrativa o contable", ejecutados en el marco de las consultas celebradas en Cataluña, tanto el 9-N como el 1-O, "de su preparación o de sus consecuencias, siempre que hubieran sido realizados entre los días 1 de enero de 2012 y 13 de noviembre de 2023".

En el texto se apunta también que los jueces tendrán que aplicar la amnistía con carácter preferente y urgente, y que las decisiones se deberán adoptar en un plazo máximo de dos meses; ello sin perjuicio de los recursos que se presenten que, según señala, no tendrán efectos suspensivos.

Recursos sin efectos suspensivos

Según consta en la proposición, la aplicación de la amnistía en cada caso "corresponderá a los órganos judiciales, administrativos o contables determinados en la presente ley, quienes adoptarán, con carácter preferente y urgente, las decisiones pertinentes en cumplimiento de esta ley, cualquiera que fuera el estado de tramitación del procedimiento administrativo o del proceso judicial o contable de que se trate".

Dichas decisiones, se precisa, "se adoptarán en el plazo máximo de dos meses, sin perjuicio de los ulteriores recursos, que no tendrán efectos suspensivos".

La proposición de ley de amnistía justifica su necesidad en que la aplicación de la legalidad es "necesaria", pero "en ocasiones no es suficiente para resolver un conflicto político sostenido en el tiempo", por lo que aboga porque el derecho se adapte al contexto político.

Por tanto, añade, "esta amnistía constituye una decisión política adoptada bajo el principio de justicia en el entendimiento de que los instrumentos con los que cuenta un estado de derecho no son, ni deben ser, inamovibles; toda vez que es el Derecho el que está al servicio de la sociedad y no al contrario", expone el preámbulo de la norma.