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POLÉMICA

¿Había que devolver el siluro al río o no?

El Plan General de Pesca de Aragón de 2021 permite la captura y suelta voluntarias de esta especie exótica invasora en la cuenca del Ebro

ARAGÓN NOTICIAS /
El siluro capturado este miércoles en el río Ebro.
icono foto El siluro capturado este miércoles en el río Ebro.

¿Debieron haberlo sacrificado o hicieron bien devolviéndolo al agua? La captura este miércoles de un ejemplar de siluro de 2,30 metros en las aguas del río Ebro, junto al puente de La Almozara de Zaragoza, ha suscitado opiniones encontradas sobre la conveniencia o no de eliminar una especie invasora de las aguas aragonesas.

Es una especie catalogada como exótica, el silurus glanis, pero plenamente establecida en la Comunidad, puesto que fue introducida en el embalse de Mequinenza a mediados de los años 70. 

Por un lado, están quienes defienden que se trata de una especie depredadora que causa estragos en el ecosistema y que habría que acabar con ella. Procedente del centro de Europa, ha encontrado un ecosistema benigno en España, y ya se extiende por aguas de ríos como el Tajo, el Júcar y hasta incluso el Guadalquivir.

Frente a ellos, quienes abogan por preservar su existencia como atractivo turístico y motor económico, como ocurre en el embalse de Mequinenza. Una captura lo menos dañina posible, una medición del ejemplar, una buena foto para inmortalizar la hazaña y vuelta al agua para que otro pescador pueda vivir su momento de gloria.

La legislación permite devolver al siluro al agua en la cuenca del Ebro

Desde el Departamento de Agricultura, Ganadería Medio Ambiente recuerdan que en este caso se permite la captura y suelta voluntarias. La cuestión aparece regulada en el artículo 14 de la Orden por la que se publica el Plan General de Pesca de Aragón para la temporada 2021. El siluro figura como especie exótica invasora que fue introducida en el medio natural con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley de 2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Esa circunstancia permite su captura y suelta voluntarias en espacios como la cuenca del Ebro, según se detalla en el anexo XII de la citada Orden.    

En el caso de que la pesca sea accidental, que en el caso del siluro parece mucho decir por las dificultades que entraña capturar tamaño ejemplar, la documentación que la DGA pone al servicio de los pescadores indica que el ejemplar “no podrá ser devuelto al medio natural y deberá ser sacrificado inmediatamente y de forma rápida”.

Para ello, dispone observaciones sobre cómo acabar con su vida (cuestión que se especifica en la legislación) y también cómo proceder para la eliminación de sus restos.

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Ebro siluro