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TRIBUNALES

Un año de prisión para el mando policial de Zaragoza acusado de apropiarse de botellas y cosméticos decomisados

La Audiencia Provincial de Zaragoza atribuye un delito de malversación al ex inspector jefe y rechaza imponerle la condena de entre tres y seis años a la que se enfrentaba

ARAGÓN NOTICIAS / AGENCIAS /
Audiencia Provincial de Zaragoza.
icono foto Audiencia Provincial de Zaragoza.

Un ex inspector jefe de la Jefatura Superior de Policía Nacional en Zaragoza ha sido condenado a un año de prisión y a una multa de 720 euros por un delito de malversación por apropiarse de parte de dos alijos de botellas de alcohol y cosméticos incautados en unas operaciones policiales.

La magistrada de la Audiencia de Zaragoza que presidió el jurado que enjuició el caso rechaza imponer al acusado la condena de entre tres y seis años a la que se enfrentaba y opta por una pena que no conlleva ingreso en prisión argumentando que carece de antecedentes penales, a pesar de la gravedad de un delito cometido por un funcionario público.

La sentencia, hecha pública por el sindicato policial Jupol, que ejerció de acusación particular, absuelve a un subinspector de la comisaría de la capital aragonesa del mismo delito, tal y como reflejó el veredicto, tras descartar su participación en los hechos denunciados.

 A la luz del referido veredicto, la sentencia considera probado que en los calabozos de la Jefatura Superior de Policía en Zaragoza había almacenadas más de 2.000 botellas de bebidas alcohólicas de distintas marcas procedentes de una operación realizada en 2017, así como centenares de cosméticos y ropas de otra acción policial llevada a cabo el mismo año.

Todo este material fue depositado en bolsas negras y cajas de cartón cerradas con cinta policial adhesiva y guardadas en unos calabozos policiales que se encontraban cerradas con llave.

Según el jurado que enjuició el caso, el subinspector condenado, Enrique G.B., actualmente jubilado, manifestó en septiembre de 2019, en una reunión con otros mandos policiales, que había que trasladar dicho material a las dependencias de otro inmueble policial situado en la calle General Mayandía de Zaragoza.

Este subinspector asumió la tarea de encargarse del traslado de dichos efectos con la ayuda de dos personas de su confianza, uno el subinspector que resultó finalmente exonerado por el jurado, sin que se le hubiese facilitado al acusado una lista de todo el material que había salido de la Jefatura Superior.

La sentencia considera que el acusado quitó o hizo quitar las cintas adhesivas que cerraban las bolsas negras y las cajas de cartón y seleccionó diversos productos de cosmética y varias botellas para apropiarse de ellas.

Unos días después, se divulgaron varios anónimos en dependencias policiales de Zaragoza en los que se informaba de la desaparición de varios de los objetos incautados durante el traslado y se apuntaba al acusado de los hechos, así como a un comisario jefe de una brigada policial.

El recuento hecho permitió comprobar que de las 2.059 botellas incautadas faltaban un total de 377 así como 319 productos cosméticos, entre colonias y perfumes de marca.

La magistrada presidenta del jurado, a la hora de valorar la gravedad del delito, sin embargo, considera no acreditado que el perjuicio causado fuera superior a los 4.000 euros, aunque señala como probado que el acusado "dispuso para sí o permitió que otros dispusieran" de una parte del material incautado en las referidas operaciones policiales.

El jurado, destaca la sentencia, se basó en su veredicto, en la prueba documental presentada por las acusaciones, así como en el visionado de imágenes de las cámaras de grabación de los calabozos y del testimonio prestado por un subinspector que participó en el recuento del material incautado.