Absuelven a un acusado de agresión sexual por los “incongruentes testimonios” de la víctima
Las magistradas de la Audiencia Provincial de Teruel no ponen en duda que la denunciante fue víctima de una agresión en septiembre de 2022, pero consideran que existen "dudas razonables" sobre el reconocimiento que la mujer hace de su agresor
Las magistradas de la Audiencia Provincial de Teruel han absuelto a un hombre acusado de agresión sexual por una mujer al observar "relevantes incongruencias" en las declaraciones de la mujer, a lo que se une el hecho de que en ninguna de sus declaraciones precisó cómo llegó a percatarse de la identidad del hombre que le atacó por la espalda y le tocó los pechos. Ocurrió el 15 de septiembre del año pasado en Albarracín.
En la sentencia, respecto a cómo la mujer reconoció al hombre que la atacaba, dadas las circunstancias en que se produjo el ataque, las magistradas han explicado que, según la denuncia, el ataque fue por la espalda, sin posibilidad de girar la cabeza por tener colocada la navaja en el cuello de forma que le impedía volverse.
La sentencia indica posteriormente que la denunciante declaró haber huido del lugar cuando pudo zafarse, sin ver si el agresor la seguía porque no se volvió, pero, han asegurado, en el plenario manifestó que se giró y vio al agresor cuando huía.
Dudas razonables
Estas declaraciones han llevado al tribunal a plantearse "dudas razonables" sobre el reconocimiento que la mujer hace de su agresor, ya que "en ninguna de sus manifestaciones ha llegado a precisar cómo llegó a percatarse de su identidad".
Afirman las magistradas que el Tribunal no pone en duda que la denunciante fue víctima de una agresión por parte de un individuo que la abordó por la espalda en la tarde del día 15 de septiembre de 2022.
Pero argumentan también que las declaraciones de la mujer a lo largo del procedimiento "no han sido coincidentes en aspectos esenciales para la determinación de los hechos acaecidos y no han despejado datos que son básicos para atribuir al denunciado la agresión sexual denunciada".
Por ello, han concluido que la declaración de la denunciante, la única prueba de cargo que han presentado las acusaciones, se presenta como "poco precisa, huérfana de toda corroboración, a través de datos objetivos que pudieran apoyarla".
Por ello, han entendido que se hace "imposible" fundar una condena sobre la "mera creencia, intuitiva e inexplicada".
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