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TRIBUNALES ARAGÓN

Rebajan dos años la pena a un agresor sexual por no estar fundamentada su condena

El joven fue declarado culpable el pasado mes de mayo por un delito contra una menor de edad a la que conocía pero que se negó a mantener relaciones con él sin un preservativo

ARAGÓN NOTICIAS /
Sede del TSJA en Zaragoza. / Europa Press
icono foto Sede del TSJA en Zaragoza. / Europa Press

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha rebajado de seis a cuatro años de prisión la pena impuesta por la Audiencia de Zaragoza a un joven que fue condenado el pasado mes de mayo por agresión sexual a una menor de edad a la que conocía pero que se negó a mantener relaciones con él sin un preservativo.

En su resolución, la Sala Civil y Penal del TSJA razona que el tribunal zaragozano “no ha cumplido con el deber de motivación que le era exigible, pues ha impuesto una pena por encima del mínimo legal, sin expresar razón alguna para tal elevación”, y recuerda la "obligación constitucional" de los tribunales de motivar las sentencias.

Esta sala señala que el Código Penal prevé una pena de cuatro a 12 años para los delitos de agresión sexual con penetración, y añade que la sentencia de la Audiencia de Zaragoza no fundamentó la razón para situar la condena por encima del mínimo legal, por lo que estima parcialmente el recurso de la defensa.

El TSJA rechaza sin embargo el resto de argumentos utilizados por el letrado de la defensa tras advertir que el tribunal zaragozano sí que consideró probado que la víctima expresó de forma "clara y contundente" su oposición a mantener relaciones sin que el acusado utilizara protección anticonceptiva, y que este se sirvió de la fuerza para consumar el acto sexual.

Rechazan los magistrados también los argumentos de la defensa de "errores" en la valoración de la prueba sometida a debate durante el juicio por estos hechos, así como una vulneración de la presunción de inocencia de su cliente.

Niegan igualmente los argumentos argüidos por la defensa sobre posibles trastornos psíquicos de la víctima ya que, según los especialistas médicos, el tratamiento por síntomas de ansiedad y depresión que le había sido pautado venía motivado por el fallecimiento de su madre y no por otro tipo de trastornos que hubieran podido influir en su denuncia.