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CAMPAÑA RENTA 2023

Los antiguos mutualistas pueden recuperar dinero gracias a una novedad en la declaración

Hacienda tendrá que devolver a los pensionistas las aportaciones que en su día hicieron por las mutualidades laborales

E. N. /
Esta novedad afecta desde 2019 en adelante, los años no prescritos.
icono foto Esta novedad afecta desde 2019 en adelante, los años no prescritos.

Felipe Fernández será uno de los pensionistas aragoneses que se beneficien de una de las novedades de la Campaña de la Renta de 2023: el ajuste por mutualidades. Una incorporación que beneficiará a aquellos que hayan realizado aportaciones a las mutuas laborales y que pagaron de más en el IRPF. Eso sí, cada caso es diferente y todo depende de los años en los que se realizaron esos pagos. Hacienda continúa recabando datos e información debido a la complejidad del asunto y a la reciente modificación.     

En 2023, una sentencia del Tribunal Supremo dio la razón a un jubilado del sector de la banca que abría la puerta para que Hacienda tuviera que devolver a los pensionistas de diversos sectores (banca, comercio, metalurgia o construcción, entre otros) las aportaciones que en su día hicieron a las mutualidades en una fecha anterior al 1 de enero de 1999. "La sentencia dice que, como una parte de esas aportaciones no se pudieron desgravar, se pueden reducir en el impuesto. Es una bomba que le ha caído a Hacienda, ya que ahora tiene que devolver el importe correspondiente a los años no prescritos, es decir, del 2019 en adelante", asegura el secretario de la Junta de Gobierno del Colegio de Gestores Administrativos de Aragón y La Rioja, Iván Pineda.

Una forma, por lo tanto, de evitar una doble tributación por dichas aportaciones. Sin embargo, la cifra a percibir por los pensionistas implicados variará en función de cada caso. 

Una novedad compleja 

Las oficinas de Hacienda están llenas de pensionistas que quieren saber si son o no acreedores de esta reducción. Un ajuste lioso, con mucha casuística y múltiples fechas. Según el secretario general de los Técnicos de Hacienda (Gestha), José María Mollinedo, estas reducciones se pueden clasificar en cuatro bloques:   

1. Las mutualidades laborales satisfechas por el Instituto Social de la Marina (ISM) o por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). En estos casos, los pagos anteriores al 1 de enero de 1967 no tributarán esa parte de la pensión. En el caso de las aportaciones realizadas desde el 1 de enero de 1967 al 31 de diciembre de 1978, tributarán el 75% de esos años. 

2. Las mutualidades sustitutorias de las entidades gestoras de la SS satisfechas por la ISM y la INSS cotizadas por ellas antes del 1 de enero de 1979 se reducirán en un 25% la parte de la pensión que correspondan.

3. Las pensiones complementarias a la Seguridad Social que derivan de las mensualidades a las mutualidades y que son abonadas por planes de pensiones o por las propias mutualidades. En este caso, si un mayor está recibiendo de su propia mutualidad esa pensión complementaria, podría reducir su pensión en un 25% por la parte de esas aportaciones que hicieron hasta el 1 de enero de 1995. 

4. En el caso de las pensiones complementarias que satisfacen fondos especiales de entidades públicas como complemento de la pensión principal de los funcionarios, hay diversas casuísticas a tener en cuenta. 

¿Qué tengo que hacer para solicitar la revisión?

Para pedir la revisión de cada caso hay un formulario muy sencillo en la página web de Hacienda en el que solo hay que introducir el nombre del interesado y la cuenta bancaria de la que sea titular. Un procedimiento que llevará a Hacienda a revisar los últimos cuatro años no prescritos (del 2019 en adelante), pero que debe presentarse antes del 30 de junio para que también se tenga en cuenta el 2019. Un formulario único para todos los ejercicios no prescritos.

El sindicato Gestha señala que si en los datos fiscales de la próxima Campaña de Renta de 2023 aparece el concepto de 'Ajuste por Mutualidades-DT2 LIRPF', se aplicará la reducción de forma automática en la declaración.

La letra pequeña

Cuando se rellena y se envía el formulario se está autorizando a Hacienda para presentar las declaraciones de renta de ese pensionista entre los años 2019 y 2023. Si esa persona vive con un familiar que está deduciendo el mínimo por ascendiente, porque el mayor no presenta la renta o no tiene determinados ingresos, el familiar puede perder ese mínimo por ascendiente y puede ser más perjudicial para la familia que lo que pueda percibir por el ajuste por mutualidad.