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REDES SOCIALES

La ley impone límites a los 'influencers' que tengan más de dos millones de seguidores

El nuevo reglamento afectará solo al 5% de los 'influencers' españoles y se centra especialmente en los contenidos publicitarios

E.S. /
La ley pone limitaciones a la publicidad de los influencers. / Canva
icono foto La ley pone limitaciones a la publicidad de los influencers. / Canva

Durante este trimestre entrará en vigor un nuevo reglamento audiovisual que pondrá límites a los 'influencers' españoles que cuenten con más seguidores en sus redes sociales y aquellos que tengan unos ingresos anuales sustanciosos. Así lo marca la Ley General de Comunicación Audiovisual, que establece una legislación para este tipo de trabajadores. Y lo hace, sobre todo, centrándose en los contenidos publicitarios, con el fin de proteger a los seguidores más jóvenes.

El reglamento se encuentra en fase de alegaciones y está previsto que sea definitivo en los próximos meses. La nueva norma exige, entre otras cosas, que las comunicaciones comerciales estén claramente diferenciadas del contenido editorial sea cual sea el canal. Algo que debe hacerse mediante mecanismos ópticos, acústicos o espaciales.

La Ley prohíbe también la publicidad encubierta o subliminal. Los 'influencers', 'vloggers' o 'youtubers' no podrán anunciar tabaco, cigarrillos electrónicos o productos a base de hierbas, ni tampoco medicamentos o productos sanitarios que no respeten la normativa reguladora de la publicidad y actividades relacionadas con la salud. Del mismo modo, está prohibido publicitar bebidas alcohólicas cuando se dirijan específicamente a menores, ni fomentar su consumo, ni asociarlas con el éxito social. La comunicación comercial relacionada con apuestas o juegos de azar sólo podrá realizarla de 1:00 a 5:00 de la madrugada, a menos que sea juego de lotería. Una franja horaria que es de difícil cumplimiento ya que los contenidos se quedan colgados en los perfiles y pueden ser vistos a cualquier hora del día, con lo que la interpretación de este reglamento quedaría al albur de los jueces en caso de que se produzcan denuncias.

La nueva norma prohíbe también que los anuncios comerciales promuevan el culto al cuerpo, el rechazo a la autoimagen mediante comunicaciones comerciales audiovisuales de productos adelgazantes, intervenciones quirúrgicas o tratamientos de estética, ni promocionar nada que apele al rechazo social por el físico o al éxito por factores de peso o estética. De esta forma se quiere poner coto a la influencia de los creadores de contenido y sus marcas comerciales sobre los jóvenes.

Solo a afectará al 5% de los 'influencers' españoles

La relevancia de los 'influencers' en el mercado audiovisual desde el punto de vista de la inversión publicitaria y del consumo, especialmente entre el público más joven, justifica una legislación que busca el equilibrio entre el acceso a estos servicios, la protección del consumidor y la competencia. Así, la nueva normativa requiere que el servicio prestado conlleve una actividad económica por la que obtenga unos ingresos significativos. Este apartado significa que solo afecta a un porcentaje mínimo de los 'influencers' españoles: aquellos cuyos ingresos anuales superan los 500.000 euros.

Otro aspecto que regula el nuevo reglamento son los seguidores que tienen los creadores de contenido. Para ello, se ha establecido un límite en los dos millones de seguidores entre todas las redes sociales en las que se publican estos contenidos. Tanto los ingresos como el números de personas que ven sus publicaciones hace que sólo el 5% de los 'influencers' españoles vayan a ser objetivo de la nueva normativa. Una legislación que contempla también sanciones administrativas y económicas para aquellos que no la cumplan. Van desde las más leves, de 10.000 euros, hasta las más cuantiosas, de 600.000 euros.