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SAN ANTÓN

Las mascotas ya son seres sintientes: cambios en la nueva Ley de Bienestar Animal

La reforma del Código Civil responde a cuestiones como qué hacer en caso de divorcio o de fallecimiento del propietario de estos animales, que hoy celebran su día

ARAGÓN NOTICIAS /
icono foto Un perro es acariciado por su dueño. / Imagen de archivo.

Las mascotas son seres sintientes. Esta premisa aparentemente lógica no lo era para el Código Civil español hasta este pasado 4 de enero, cuando se aprobó la reforma del apartado en el que se establecía que los animales eran bienes o cosas. Hasta ese día, todo perro, gato, hámster o canario eran considerados "bienes muebles, cosas e incluso muebles semovientes, es decir, muebles que se mueven", explica la presidenta de la Sección de Defensa de Derecho de los Animales del Colegio de Abogados de Zaragoza, María Luisa Gutiérrez. "Ante esa situación, su protección jurídica era complicada en muchos temas porque, por ejemplo, un perro era como una lavadora, la nevera o la televisión, es decir, un objeto", añade. 

El Tratado de la Unión Europea ya establecía que los animales son seres sintientes, pero en España no se ha incorporado al Código Civil hasta este año. "Han pasado de ser cosas a seres dotados de sensibilidad que sienten, sufren y padecen", señala Gutiérrez. La nueva ley 17/2021, de 15 de diciembre, ha entrado ya en vigor, veinte días después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, y modifica el Código Civil para adaptarlo a la verdadera naturaleza de los animales y a las relaciones de convivencia que se establecen entre ellos y los seres humanos.

En la calle, la noticia se ha celebrado por parte de los dueños de mascotas, aunque también existe mucho desconocimiento sobre la nueva legislación. "No la conozco en detalle como para pronunciarme al respecto, pero me parece bien que los animales dejen de ser considerados meros objetos", explica Alberto García, dueño de dos gatos. "Me parece que es una ley que debería haberse instaurado hace mucho tiempo. Cualquier persona, haya tenido más o menos contacto con un animal, entiende que son seres que sienten y padecen. Es algo innegable e indiscutible", afirma Raquel Ruipérez, propietaria de un gato y un perro con los que convive desde hace años. 

¿Qué pasa con las mascotas en caso de divorcio?

Con su entrada en vigor, la nueva norma responderá a situaciones como divorcios y separaciones de parejas que, tras su ruptura, quieran seguir compartiendo su vida con su mascota. De esta forma, se garantizará la protección del animal frente al sufrimiento de alejarlo de su hogar y de su vida compartida hasta ese momento, si no hay acuerdo entre la pareja. "Hasta ahora, eso generaba grandes problemas en los juzgados, porque en una separación ambos querían al perro y los jueces tenían problemas para decidir qué hacer", señala la abogada.

Ahora, en los casos de divorcio de mutuo acuerdo se establece el destino de la mascota, es decir, con quién se queda, el régimen de visitas que tendrá y cómo se sufragan los gastos (alimentación, veterinario, etc). Del mismo modo, si se trata de una separación sin mutuo acuerdo, es el juez quien dictamina el destino de los animales de compañía, algo que hará en pro del bienestar animal "y no en base al titular del mismo".

Además, incorpora este concepto a la hora de decidir en situaciones de herencia (sucesión), por lo que el juez se encargará de fijar el destino de un animal en caso de fallecimiento de su propietario, atendiendo, de nuevo, a su bienestar.

Los maltratadores de animales pueden perder la custodia de sus hijos 

La personas que hayan sido condenadas o tengan un proceso abierto por maltrato animal podrán perder la custodia de sus hijos en caso de separación o divorcio, según indica la Asociación Española de Abogados de Familia (Aeafa). "Es muy importante la concurrencia de malos tratos a los animales y la violencia de género y del maltrato y abuso sexual infantil, en el sentido de que se limita la guardia y custodia de los hijos si había antecedentes de maltrato animal", explica su presidenta, Mariló Lozano. 

Lozano ha precisado que puede no darse una situación de violencia contra los niños o contra la pareja, pero el maltrato animal es una forma de violencia hacia la familia. De esta manera, si una persona maltrata o mata a su mascota, esto sería "un impedimento total para para tener la custodia de sus hijos, o la custodia compartida", en un caso de separación o divorcio. 

Los animales son "absolutamente inembargables"

La reforma de la Ley Hipotecaria, en la que se introduce un nuevo apartado en el artículo 111, establece que a partir de ahora los animales serán "absolutamente inembargables" de acuerdo con el vínculo de afecto con su familia. Esto supone, por ejemplo, que cuando un juez dicta un embargo de bienes, solo podrá llevarse lo embargable, entre lo que ya no estarán incluidos los animales, que quedarán al cuidado de su familia.

Por otro lado, en caso de accidente, los animales ya no quedarán abandonados, como una maleta, sino que tendrán que ser atendidos. De esta forma, según la norma, se adecúa el Código Civil a la "verdadera naturaleza" de los animales, de las relaciones, particularmente las de convivencia, que se establecen entre estos y los seres humanos. 

El 'DNI' para mascotas, aún por definir

Desde que saltó a la palestra la nueva Ley de Bienestar Animal, uno de los aspectos más comentados era la posible creación de un 'DNI' para mascotas. Sin embargo, esta propuesta no pertenece a ningún apartado de esta ley, sino a un borrador del anteproyecto de la Ley de Protección y Derechos de los Animales

Es decir, por el momento no existe un Documento Nacional de Identidad como tal para los animales de compañía, pero sí un registro acreditativo en cada una de las comunidades autónomas. En Aragón, cada vez que se registra un perro con un microchip se crea un Documento de Identificación Animal a modo carné con los principales datos del animal, del dueño y de su veterinario. 

En Aragón hay censados 279.022 animales de compañía, según los datos contabilizados por el Colegio de Veterinarios de Zaragoza en el Registro de Identificación de Animales de Compañía de la Comunidad. A esta cifra hay que añadir un matiz, y es que solo se cuentan los perros, es la única mascota de la que es obligatorio establecer un registro. 

Pero ante la hipotética posibilidad de contar con un documento identificativo nacional, el Colegio de Veterinarios de Zaragoza no ve "la necesidad", según explica su gerente, Luis Javier Yus. "Es algo que ya existe en todas la comunidades autónomas. En formatos diferentes, pero todas cuentan con un registro", concluye Yus. 

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