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LEGALIDAD

Hasta dónde obliga un contrato: de pagar si hay infidelidad a estar soltero para heredar

Las especificaciones de los pactos legales deben atenerse a la ley, pero hay una gran libertad en su uso como, por ejemplo, limitar las relaciones sexuales de una pareja o acabar una carrera universitaria para ser heredero

T. P. A. /
Los expertos recomiendan firmar los contratos y herencia ante notario. / Canva
icono foto Los expertos recomiendan firmar los contratos y herencia ante notario. / Canva

El cantante Justin Timberlake debía pagar 500.000 dólares a Jessica Biel, su mujer, por daños causados si este le fuera infiel. Un conocido futbolista español tenía prohibido por contrato utilizar cualquier calzado deportivo de color rojo, para no lucir el color insignia de su anterior equipo. Estas son cláusulas reales de contratos de actores, cantantes y deportistas que se viralizan por lo curioso de esos pactos. Pero lejos de ser una cuestión reservada a ricos y famosos, el común de los mortales también tiene derecho a aplicar condiciones en cualquier contrato a rubricar. 

"Para heredar un piso, por ejemplo, ponían la condición de que el heredero estuviera soltero en el momento del fallecimiento del testador", comenta el abogado José Luis Artero, especialista en sucesiones en el despacho Ilex Abogados, en Zaragoza. Esa es una cláusula más usual de lo que puede parecer y, aunque puede resultar llamativa, es perfectamente legal. 

"Se puede pactar cualquier cosa. Hay unos límites, claro, como es que no contravengan las leyes, la Constitución, los Derechos Humanos y que no sea discriminatorio", indica el letrado, que añade: "La principal característica de Aragón en este aspecto es que hay libertad de estipulación y pacto". 

Los márgenes que se ponen a esas cláusulas son mínimos, por lo que no es raro encontrarse con contratos prematrimoniales -capitulaciones matrimoniales- en los que se establece un régimen de visitas o el uso que se puede hacer de la vivienda familiar. Al fin y al cabo, los contratos se redactan y firman entre dos partes. "A cualquier contrato o negocio jurídico se le pueden incorporar condiciones, modos o estipulaciones", señala Artero. 

Por eso, no es de extrañar que entre dos personas puedan rubricarse documentos legales para limitar, por ejemplo, las relaciones y prácticas sexuales, las visitas de familiares al domicilio de la pareja o un compromiso firme de no tener descendencia. 

En cualquier caso, el margen de libertad ampara todas esas especificaciones, como recoge el artículo 3 del Derecho Civil aragonés, que establece: "Se estará en juicio y fuera de él a la voluntad de los otorgantes, expresada en pactos o disposiciones, siempre que no resulte de imposible cumplimiento o sea contraria a la Constitución o a las normas imperativas del Derecho aragonés". Es lo que se conoce como 'Standum est chartae'.

Herencias 

Dentro de esas premisas se encuentran también las herencias. "En este caso, es un negocio jurídico, pero unilateral. De esta forma, la voluntad de la única parte se interpreta 'post mortem', lo que dificulta, a veces, cumplir con lo escrito", explica José Luis Artero, que recomienda que estos documentos sean sencillos, con pocas condiciones y gravámenes para evitar problemas de interpretación a futuro. 

"Nos hemos encontrado con herederos que legan su patrimonio a su hijo, pero solo lo recibirá cuando acabe la carrera de Derecho, también legan a 'quienes les han cuidado en su enfermedad o últimos días'", comparte el abogado, que subraya el carácter amplio de esa afirmación: "Al no señalar los nombres y apellidos, ni nombrar a alguien ni poner un límite de tiempo, finalmente, no se pudo hacer efectiva la herencia".

En esos mismos documentos se puede establecer quien hereda, pero también quien no va a recibir ni un euro, aunque hay límites que establece la ley para estos supuestos. "Existe la legítima colectiva, que implica que la mitad de los bienes deben recaer en, al menos, un descendiente del testador, y el resto a quien quiera. Pero se puede desheredar a un descendiente con tan solo decirlo en el documento o nombrando a los herederos y obviando a la persona en cuestión", apunta el abogado. 

Sea como sea, el letrado recomienda realizar un testamento abierto ante notario, que puede modificarse cuantas veces se quiera, y hacer lo mismo con los contratos suscritos entre particulares.