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CRIMEN MACHISTA

Condenado a 26 años de prisión por asesinar a su exmujer delante de sus hijos en Barbastro

Además deberá indemnizar con un total de 570.000 euros a sus tres hijos y a los padres y hermanos de la víctima y no podrá acercarse a ellos en los próximos 34 años

ARAGÓN NOTICIAS /
Imagen del juicio celebrado en la Audiencia de Huesca. / Aragón TV
icono foto Imagen del juicio celebrado en la Audiencia de Huesca. / Aragón TV

La Audiencia de Huesca ha condenado a 26 años de prisión al hombre acusado de matar a puñaladas a su exmujer delante de sus tres hijos en el domicilio donde estos residían en Barbastro. Los hechos ocurrieron el 30 de junio de 2021 en el transcurso de una discusión sobre la venta de la vivienda en la que residían en ese momento la víctima y sus hijos. El tribunal le condena a 24 años de prisión por un delito de asesinato con las agravantes de alevosía y ensañamiento y a un año por cada uno de los dos delitos de maltrato en el ámbito familiar de los que estaba acusado. El jurado popular le había declarado culpable del delito de asesinato con alevosía y ensañamiento.

Además, en concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar con 150.000 euros a cada uno de sus tres hijos, con 55.000 al padre y a la madre de la víctima, y con 20.000 a cada uno de los dos hermanos de esta. El condenado no podrá acercarse ni comunicarse con ninguno de ellos durante 34 años. Una prohibición que se amplía a seis años más a dos de sus hijos, siéndole retirada la patria potestad de los tres, todos ellos menores de edad, aunque deberá hacer frente a la pensión alimenticia.

El tribunal considera probado el delito de asesinato y lo fundamenta en que el acusado empleó un medio objetivamente adecuado para acabar con la vida de la víctima y reiteró el ataque, hasta 12 veces, en referencia al número de puñaladas que recibió. Así mismo, estima alevosía y ensañamiento (por lo sorpresivo del ataque, el arma empleada, la desproporción física y el sufrimiento innecesario infligido a la víctima), así como las agravantes de género y parentesco.

El tribunal ha desestimado que actuara movido por un trastorno mental, como alegaba la defensa para eximir de responsabilidad penal al ahora condenado. Aunque reconoce que existía ese trastorno, en los hechos probados el fallo señala que "en el momento de ocurrir los hechos, pese a la patología que sufría, el acusado mantenía íntegramente conservada su capacidad de comprender y de querer en relación a la agresión". Y añade que al matar a su exmujer "en presencia de sus hijos menores de edad, pretendía o, al menos, conocía y aceptaba la alta probabilidad de que aquellos sufrieran un fuerte impacto psicológico perdurable en el tiempo, que afectase al normal desarrollo de su persona".

Respecto a los delitos de maltrato, la sentencia recuerda que el jurado valoró las denuncias y condenas previas que tenía por violencia de género, así como el hecho de que se hubiese acordado anteriormente una orden de alejamiento. También, señala la sentencia, han tenido en cuenta las declaraciones del entorno de la víctima, que manifestaron el miedo que tenía a su exmarido por su carácter violento, que le había llevado a agredirla en alguna ocasión.

Los hechos ocurrieron el 30 de junio del 2021, cuando el ahora condenado se presentó en la vivienda donde residían su exmujer y sus hijos. Quería que su exmujer accediera a su idea de vender la vivienda, cuya propiedad mantenía ambos. Ante la negativa de la mujer a vender el piso, el agresor cogió un cuchillo de grandes dimensiones con el que empezó a apuñalar a la mujer en presencia de sus tres hijos menores, que se encontraban entonces en la vivienda, asestándole 12 puñaladas que le acabaron causaron la muerte.

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