Publicidad

El TAS anula la multa de 4 millones que Ghoddos debía abonar a la SD Huesca

El club oscense afirma en un comunicado que "no puede compartir esta resolución"

Aragón Deporte /
Saman Ghoddos, con la camiseta del Amiens.
icono foto Saman Ghoddos, con la camiseta del Amiens.

El Tribunal de Arbitraje Deportivo (CAS) ha emitido su decisión en el procedimientos de apelación de arbitraje presentados por el jugador Saman Ghoddos y Östersunds FK Elitfotboll AB (Östersunds) contra la decisión de la Cámara de Resolución de Disputas de la FIFA de 14 de junio 2019 (la Decisión impugnada). Una apelación que ha anulado la multa de 4 millones de euros que debía abonar el jugador a la entidad oscense, que se queda finalmente sin esa compensación.

En la decisión inicial, quedó probado que Saman Ghoddos rescindió unilateralmente el contrato firmado con la SD Huesca y condenó al jugador junto con el Östersunds a pagar solidariamente una indemnización de 4 millones de euros a la entidad oscense. Además, se castigó a al jugador con cuatro meses de inhabilitación y se prohibió al Östersunds a inscribir jugadores durante dos períodos de fichajes.

Ambas partes recurrieron esta sentencia  y la resolución de esta apelación explica lo siguiente: "Si bien encontró, de acuerdo con la decisión impugnada, que Saman Ghoddos había incumplido el contrato de trabajo sin causa durante el llamado período protegido y que el Östersunds había inducido tal incumplimiento, encontró que no se debió indemnizar por tal incumplimiento considerando que la SD Huesca no acreditó que sufrió cualquier daño por incumplimiento del contrato por parte del jugador". En consecuencia con este razonamiento, el TAS ha anulado la primera sentencia que aseguraba que Saman Ghoddos y el Östersunds eran solidariamente responsables de pagar una indemnización de 4 millones de euros a la SD Huesca.

Si mantiene en su nueva sentencia el TAS la sanción de cuatro meses al jugador (que ya ha cumplido) así como la prohibición al Östersunds de inscribir nuevos jugadores a nivel nacional o internacional para los dos próximos periodos de fichajes.

"La SD Huesca no puede compartir la Resolución del TAS"

Le entidad azulgrana no ha tardado en reaccionar y en un comunicado emitido a través de su página web se ha mostrado contraria a esta decisión: "La SD Huesca no puede compartir la Resolución; el TAS se separa de un criterio generalmente admitido y mantenido por FIFA y el propio TAS en la aplicación del artículo 17 del Reglamento del Estatuto de Transferencia de Jugadores que, precisamente, trata de proteger la estabilidad contractual evitando que la ruptura unilateral de un contrato no vaya acompañada de una compensación económica, más allá del perjuicio directo del club. Sin embargo, el TAS, separándose de ese criterio sostenido en otros casos, considera que la SD Huesca no ha acreditado un perjuicio efectivo. La Resolución sí confirma la sanción al jugador y al OFK Östersunds".

Así las cosas, el club asegura que "tras estudiar detenidamente la Resolución, ampliará su valoración y, en su caso, las posibilidades de recurso de la misma".