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SUCESOS

Prisión permanente revisable por el asesinato de un menor en Lardero (La Rioja) al que agredió sexualmente

ARAGÓN NOTICIAS /
Imagen del juicio contra el asesino y agresor sexual del menor riojano. / EFE
icono foto Imagen del juicio contra el asesino y agresor sexual del menor riojano. / EFE

Francisco Javier Almeida, juzgado por el asesinato y agresión sexual de un niño de nueve años en Lardero (La Rioja), ha sido condenado a prisión permanente revisable por el asesinato con alevosía del menor, ocurrido el 28 de octubre de 2021. Además ha sido condenado a otros 15 años de prisión por el delito de agresión sexual. Así lo ha anunciado este martes el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de La Rioja en una nota de prensa donde detalla la sentencia.

Esta pena, la máxima que recoge el Código Penal, fue solicitada por el fiscal y las acusaciones particular, ejercida por la familia del menor, y la popular, en nombre de la Asociación Clara Campoamor. El pasado 30 de marzo, el jurado popular declaró por unanimidad a Almeida, de 56 años, culpable de los delitos de asesinato y agresión sexual con “extrema violencia”, sin que el niño tuviera la posibilidad de defenderse.

Especial brutalidad

La sentencia considera probado que Almeida, mediante engaño, llevó al menor a su casa cuando estaba en la calle disfrazado y jugando con otros niños; y, una vez en el domicilio, le agredió sexualmente y le provocó la muerte por asfixia. El condenado, con el cuerpo sin vida de Álex en brazos, fue sorprendido por un vecino y por efectivos de la policía en las escaleras del mismo inmueble donde cometió el crimen, añade la nota.

La sentencia considera que "las lesiones evidencian el uso de una especial brutalidad, una violencia que excedía a la que resulta inherente para la comisión del delito"; y "la absoluta incredibilidad de la versión del acusado" por la que el menor habría colaborado en los actos sexuales voluntariamente, algo que es "del todo irrazonable, inverosímil y contrario al más elemental sentido común".

Tras la agresión sexual, según declaró probado el tribunal del jurado, el condenado "se sitúo detrás del menor y ejerció una presión antebraquial contra su cuello, primero menos intensa y luego extremadamente fuerte durante tres y cinco minutos, hasta que el niño falleció por asfixia".

El fallo judicial destaca lo declarado por los forenses en el juicio, que afirmaron que la violencia empleada por el condenado contra su víctima fue "extrema y brutal", dejando lesiones internas que no son habituales cuando se produce la asfixia por presión antebraquial; e, incluso, la fuerza que se empleó fue superior a la que se hace en los ahorcamientos.

Además, según la sentencia, dada la edad de la víctima, de nueve años y 28 kilos de peso, frente a la fuerza y complexión física de su agresor, "la posibilidad de defensa del menor era inexistente".

Intención de matar para ocultar su agresión sexual

El jurado consideró probado que Almeida tuvo "intención directa de matar" con el fin de ocultar su agresión sexual. Así pues, la sentencia considera que los hechos juzgados constituyen un delito de asesinato con alevosía, cuyo único el fin era la de ocultar la agresión sexual. "La muerte fue intencionada y la alevosía consiste en la imposibilidad que tuvo el menor de poder defenderse".

El magistrado, en su resolución, concluye que, a la vista de estos hechos, la pena no puede ser otra que la de prisión permanente revisable; y tiene en cuenta la agravante de reincidencia, ya que Almeida había sido condenado por los mismos delitos anteriormente y sus antecedentes penales no estaban cancelados.

Francisco Javier Almeida ya fue condenado a 30 años de prisión en 1988 por el asesinato y agresión sexual a una agente inmobiliaria en Logroño y a otros siete años de cárcel por agredir sexualmente a una menor en 1993, pero estaba en libertad condicional desde abril de 2020.