Publicidad
JUSTICIA

¿Por qué un maltratador puede obtener la custodia compartida?

En Aragón hay activos 263 casos de violencia machista con niños en riesgo. En función de las circunstancias, la Justicia considera que una custodia compartida es lo más beneficioso para los hijos

ESTER L. FERNÁNDEZ /
En Aragón hay ahora 263 casos en VioGén con menores en situación de riesgo o vulnerabilidad. / Pexels.
icono foto En Aragón hay ahora 263 casos en VioGén con menores en situación de riesgo o vulnerabilidad. / Pexels.

En Aragón hay activos 263 casos de violencia machista con niños en riesgo o situación de vulnerabilidad, es decir, que la violencia ejercida por el agresor podría extenderse a los menores a cargo de la víctima. El reciente caso del asesinato de una mujer en Villanueva de Gállego el pasado día 3, sucedió cuando la madre fue a recoger a su hijo de seis años a casa del padre,  que tenía la custodia. Ambos estaban incluidos en Viogén y él había sido condenado por malos tratos, pero las medidas impuestas -en este caso una orden de alejamiento- ya habían prescrito. A la luz de este caso -que no es un hecho aislado- surge la pregunta: ¿cómo un hombre condenado por violencia de género puede tener a su cargo a un menor? La respuesta es: porque así lo establece la ley. Aunque hay matices.  

El magistrado Óscar Ortega, del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Zaragoza, explica que en los casos más graves, los agresores no optan ni a la custodia compartida ni al régimen de visitas, al menos, mientras dura el proceso penal. Ortega destaca que, una vez que ha concluido este periodo -que va desde que se pone la denuncia hasta que se cumple la condena-, el agresor puede solicitar de nuevo la custodia del menor y este caso dependerá de un juzgado de Familia al uso, ya no de uno de Violencia sobre la Mujer. 

Óscar Ortega es el magistrado del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Zaragoza.

Pero cuando se trata de situaciones menos graves la situación cambia. Entonces, la clave está en la ley que se aplica, en función del tipo de procedimiento y del territorio. Puede ser la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el Código Civil o el Código Foral Aragonés.

¿Qué ley se aplica en cada momento y cómo cambia la situación?

En un primer momento, es decir, cuando la víctima pone la denuncia, se aplica la Ley de Enjuiciamiento Criminal. En este caso, si el juez adopta medidas de protección a la víctima, el menor o los menores estarán siempre a cargo de la madre, es decir, la custodia será individual para la mujer.

Otro asunto son las visitas. Pese a la última modificación de la ley, Ortega señala que es "confusa" y que, como no se prohíben explícitamente, él apuesta por permitir que el padre pueda ver a sus hijos. El magistrado señala que esto es beneficioso para los niños, ya que en ocasiones estos procesos penales se dilatan meses y el vínculo entre padre e hijos puede romperse. "Todo sujeto siempre a la gravedad de lo ocurrido, a la edad de los niños, a la situación del padre... Y pudiendo suspenderse en el momento que se considere oportuno", continúa. A su juicio, es determinante también el interés y la capacidad del progenitor.

Ortega apunta también que, en este primer momento, la decisión hay que tomarla muy rápido, sin apenas pruebas y en un juzgado de guardia. "Es una decisión provisional, que se prolongará unos 30-40 días, pero en este tiempo comienza a crearse un hábito", indica. 

En este periodo de tiempo es cuando una de las partes presenta una demanda de divorcio o medidas para los hijos. Entonces, entran en juego otras dos leyes: el Código Civil o el Código Foral Aragonés. En más del 90% de los casos, se aplica la ley aragonesa. En el Código Civil, se recomienda la custodia individual, mientras que en la norma aragonesa se recomienda la custodia compartida. Ortega señala que ésta última es "más moderna" en relación con lo que el Tribunal Supremo empezó a marcar como tendencia en el año 2010. 

En más del 90% de los casos , se aplica el Código Foral de Aragón. 

Respecto a esta custodia compartida, el Código Civil establece que nunca puede concederse cuando hay un proceso penal en marcha. En el Código Foral Aragonés, pese a que la redacción es muy similar, no se aplica de la misma forma. A esto se suma que el Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha sentado jurisprudencia. En el caso de Aragón, la custodia compartida se puede mantener, una vez iniciado un proceso penal, hasta que haya una resolución que diga que el caso no se va a archivar. Además, en Aragón es posible una custodia compartida cuando se trata de condenas por delitos considerados leves, como insultos o vejaciones. 

En el caso de las visitas, el Código Civil dice que no se permitirán con un proceso penal en marcha, aunque añade: "No obstante, la autoridad judicial podrá establecer un régimen de visita [...] motivado en el interés superior del menor". Como en el Código Foral Aragonés no se hace referencia al régimen de visitas, Ortega explica que se acogen al Código Civil y a este apunte, para que cuando lo consideran bueno para el menor, los hijos sí puedan ver al padre. 

El magistrado señala también que hay veces que son las propias madres las que quieren que sus hijos no pierdan la relación o dejen de ver a su padre -a sabiendas de que legalmente no es posible una custodia compartida-, al igual que muchas no quieren denunciar. Señala que se trata de situaciones complejas y que cada caso "es un mundo". Aquí también es vital la forma de establecerse ese régimen de visitas, ya que según como se diseñe -cuando es pactado entre ambos progenitores- puede ser prácticamente y en lo que a tiempo se refiere, una custodia compartida. 

Por ello, Ortega considera muy importante la experiencia del juez o jueza, las declaraciones de la víctima, del agresor y del menor, saber qué y cómo ha ocurrido, así como las declaraciones de testigos como familiares y entorno y los informes de la Fiscalía y psicosociales. Todo con el objetivo de tomar la mejor decisión para el menor, cuyo beneficio está por encima de todo.

1.857 casos en el Sistema Viogén

Según las últimas cifras del Ministerio del Interior, en Aragón hay 1.857 casos en el Sistema Viogén (Sistema de Seguimiento Integral en los casos de Violencia de Género). En 878 de ellos, hay menores a cargo de la víctima. Según la denominación del propio sistema, hay 240 casos con menores en "situación de vulnerabilidad" y otros 23 en "situación de riesgo", es decir, casos en los que la violencia ejercida por el agresor podría extenderse a los menores a su cargo. Una cifra que podría ser bastante superior, ya que en cada caso puede haber uno, dos, tres o, incluso, más menores implicados.   

El IMLA trabaja siempre bajo petición judicial. 

Informes psicosociales y el IMLA

El Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Aragón (IMLA) es el encargado de elaborar los informes psicosociales en casos de violencia de género. Esta entidad trabaja siempre bajo petición judicial. Su coordinadora de equipos psicosociales y psicóloga, Elaine Nardo, explica que su función es hacer una evaluación de la familia para ayudar a decidir al juez, siempre en busca de la mejor situación para el menor. 

Nardo coincide con el magistrado Ortega en que cada familia vive su propia realidad y que es un trabajo personalizado e integral. "Se habla con ambos progenitores, con el menor o menores, así como el entorno, como por ejemplo, el colegio o instituto. También con centros médicos si hay algún informe que pueda ser determinante o el Instituto Aragonés de la Mujer o la Casa de la Mujer. También se tiene en cuenta si la separación del padre e hijos les está provocando sufrimiento a los menores e inestabilidad en su día a día", detalla la coordinadora. 

Esta destaca también que cuando se habla con los hijos tienen un cuidado extremo, por la relación que tienen los niños con sus figuras parentales, para que no perciban "que tienen que elegir entre ambos y después se sientan culpables". Además, en algunos casos, sus declaraciones se graban para después reproducirlas en la vista si es necesario, y así no hacerlos pasar varias veces por ese mismo proceso. 

Desde el IMLA, cuando ya tienen toda esta información recogida, elaboran el informe en el que hacen sus recomendaciones. En él apuntan también la forma de visitas o custodia que ven más adecuada: visitas tuteladas y de forma progresiva, en el punto de encuentro y sin salir de él, custodia compartida, etc.

Elaine Nardo explica también que se encuentran con "situaciones muy complejas y muy difíciles de explicar visto desde fuera, en las que la madre quiere, a toda costa, que la relación entre su expareja y sus hijos no cese". Y añade que esta es una de las consecuencias del círculo que genera la violencia machista.