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COVID-19

La mascarilla dejará de ser obligatoria el 20 de abril

El Consejo de Ministros aprobará la medida el día 19, aunque la protección se mantendrá en centros sanitarios, sociosanitarios y en el transporte

ARAGÓN NOTICIAS / AGENCIAS /
icono foto El uso de la mascarilla dejará de ser obligatorio en -casi todos- los espacios interiores./EP

La ministra de Sanidad, Carolina Darias, ha propuesto a las comunidades autónomas retirar el uso de las mascarillas en los espacios interiores a partir del próximo 20 de abril. "Es un cambio motivado por la situación epidemiológica, debido, fundamentalmente, a la alta cobertura vacunal y también gracias a las características que está presentando Ómicron", ha expresado la ministra después de la celebración del Consejo Interterritorial que ha tenido lugar este miércoles en Toledo.

Se trata de una petición que ya han realizado varias comunidades autónomas, como por ejemplo Madrid, al considerar que ya no es una medida efectiva para controlar la transmisión del coronavirus.

Por otra parte, el último informe de 'Posicionamiento de la Ponencia de Alertas, Planes de Preparación y Respuesta sobre el uso de mascarillas en espacios interiores', destaca la necesidad de que el uso de la mascarilla sólo sea obligatoria para trabajadores y visitantes de centros asistenciales y personas ingresadas cuando estén en espacios compartidos fuera de su habitación o en centros sociosanitarios; y en el transporte público.

Asimismo, aconseja no utilizar la mascarilla por parte de los alumnos en el ámbito escolar y realizar un uso responsable de la misma entre la población vulnerable en cualquier situación en la que tenga contacto prolongado con personas a distancia menor de 1,5 metros; y profesores con factores de vulnerabilidad.

En el ámbito laboral, la ponencia aconseja utilizar la mascarilla siempre que el trabajo deba realizarse a distancia interpersonal de menos de 1,5 metros y no pueda garantizarse la ventilación adecuada del espacio; y en el entorno familiar, las reuniones de amigos y celebraciones privadas.

Finalmente, recomienda su uso en espacios cerrados de uso público en los que las personas transitan como los comercios (centros comerciales, supermercados o pequeño comercio); espacios cerrados en los que las personas permanecen tiempo sin comer ni beber (cines, teatros, salas de conciertos y museos) y en espacios cerrados en los que las personas permanecen un tiempo comiendo y bebiendo (bares, restaurantes y locales de ocio nocturno).

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