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TRIBUNALES

El TSJA remite al Constitucional la norma aragonesa que prohíbe cantar en iglesias

La consejera de Presidencia, Mayte Pérez, ha dicho que el Gobierno de Aragón presentará alegaciones

ARAGÓN NOTICIAS /
Imagen de archivo de la celebración de una misa. / Foto: EP
icono foto Imagen de archivo de la celebración de una misa. / Foto: EP

La sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha remitido al Tribunal Constitucional dos normas del Gobierno de Aragón de restricciones contra la COVID-19 que prohíben cantar en lugares de culto. El tribunal aragonés ha decidido plantear una cuestión de inconstitucionalidad tras escuchar tanto las alegaciones de la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (FEREDE) contra dicha normativa, como las planteadas por el Ejecutivo regional en defensa de las medidas planteadas.

Los magistrados argumentan en su auto que cantar en lugares de culto como las iglesias es parte del contenido esencial del derecho a la libertad religiosa de las personas, por lo que cuestionan la legalidad de las normas dictadas por el Gobierno aragonés el 19 de octubre y el 3 de diciembre de 2020 que prohíben, entre otras medidas frente a la COVID-19, el canto en espacios religiosos.

Consideran pues que prohibir los cánticos religiosos en los templos supone una limitación al derecho constitucional a la libertad religiosa que, a su juicio, "debería haber sido objeto de regulación por una ley orgánica y no por un decreto ley".

La sala rechaza los argumentos tanto del Gobierno de Aragón como de la Fiscalía al valorar el canto como una parte "accesoria" del culto religioso, y asegura no poder dudar de lo planteado por la referida Federación de Entidades Religiosas, "pues son ellas las que precisamente, en el ejercicio de su libertad religiosa, determinan como se desarrolla el culto y en qué medida es parte importante del mismo el canto de los fieles".

"De igual manera -continúan los magistrados-, no cuestionaríamos la eucaristía para los católicos, el ayuno para el Islam o la fiesta del sábado para el Judaísmo".

El Gobierno de Aragón alegará al Constitucional

El TSJA responsabiliza el Gobierno aragonés de "olvidar" que son las iglesias, las confesiones y las comunidades religiosas "las que tienen derecho a divulgar y propagar su propio credo", en el ejercicio del principio de libertad religiosa.

"De ahí que -añaden los magistrados-, si las propias confesiones nos dicen que el canto forma parte esencial del culto, algo que además es notorio, tanto en la diferenciación con el culto católico, como en la propia manifestación de su credo, entendemos que no es posible cuestionarlo". 

El Gobierno de Aragón presentará alegaciones contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA). La consejera de Presidencia, Mayte Pérez, ha incidido este lunes en Teruel en que el Gobierno de Aragón toma medidas "de forma ponderada" y "velando por la salud y vida de los aragoneses, que es el bien a proteger", al tiempo que ha subrayado que tienen "argumentos sólidos para plantear la legislación aprobada en cada momento".

"Vamos a presentar alegaciones al Tribunal Constitucional para defender que esa medida era necesaria y evitaba claramente los posibles contagios y seguir propagando el virus", ha afirmado, por lo que los servicios jurídicos están preparando las alegaciones pertinentes para presentarlas.