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COVID TRIBUNALES

El certificado COVID no se podrá ampliar a otros establecimientos

El TSJA considera que la medida de ampliar el certificado a la hostelería, cines o gimnasios no es proporcionada. La consejera de Sanidad respeta y acata la decisión

ARAGÓN NOTICIAS /
Certificado COVID en la pantalla de un teléfono móvil. / Archivo.
icono foto Certificado COVID en la pantalla de un teléfono móvil. / Archivo.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha desestimado el recurso de reposición presentado por el Gobierno de Aragón, contra el auto del pasado 17 de diciembre de 2021, que suspendía parcialmente la exigencia del pasaporte COVID en Aragón. Dicho auto establecía los casos en que se podía pedir el certificado COVID. Consideran que la medida no es proporcionada y que el Gobierno de Aragón no aporta elementos de juicio nuevos en su recurso. La consejera de Sanidad, Sira Repollés, ha manifestado al respecto, que "respeta y acata" la decisión judicial, sin añadir más valoraciones.

Concretamente, ese auto mantenía suspendida la exigencia de certificado COVID para hostelería y restauración, gimnasios, cines, espectáculos y similares. En cambio, sí establecía la obligación de pedirlo en hostelería para celebraciones de más de diez personas, ocio nocturno, salones de juego, visitas en hospitales y centros sociales especializados y en grandes eventos de más de 500 asistentes en lugares cerrados y más de 1.000 en abiertos.

En la nueva resolución que este martes ha dado a conocer el TSJA, los magistrados expresan que, para ellos, el sacrificio de un derecho fundamental no es una opción y que, desde la perspectiva de la garantía de derechos fundamentales, “no será necesaria una medida restrictiva de un derecho fundamental, si hay otras que no lo son y tienen el mismo o mejor efecto. Es decir, si son igualmente idóneas”.

En este sentido inciden en que cuando se habla de ponderación, este concepto no es sinónimo de “canje o intercambio de derechos fundamentales por otros intereses –de cuya legitimidad no se duda- por mero criterio de oportunidad o conveniencia parcial”. Insisten en que los Derechos fundamentales de los ciudadanos no son canjeables, ni por la Administración, ni por colectivos sociales, ni por el Tribunal ya que “no son titulares de los mismos, ni depositarios de su ejercicio, ni en forma ni en tiempo. Nadie puede cambiar o negociar con lo que no es suyo”.

Añaden que “La referencia en la ponderación para justificar la lesión del derecho fundamental afectado no es el impacto económico de la medida –que no se niega-, sino el impacto en la salud pública de la misma. No se cambia situación económica por sacrificio de derechos, al menos no ha sido ésta la ecuación hasta el momento, ni la Sala puede tomarla ahora como parámetro de ponderación”.

Argumentan también que el Gobierno de Aragón no aporta elementos de juicio nuevos que el Tribunal no hubiera tenido ya en cuenta cuando resolvió el auto que se impugna.

Al recurso presentado por el Ejecutivo autonómico se han opuesto el Ministerio Fiscal y la Asociación Liberum, que recurrió ante el tribunal el pasado mes de diciembre, solicitando la adopción de medidas cautelarísimas y que se suspendiera la exigencia del certificado COVID. 

El Gobierno de Aragón respeta y acata la decisión

La consejera de Sanidad, Sira Repollés, ha mostrado su respeto por la resolución judicial y ha señalado que la acatarán "como no puede ser de otra manera", sin entrar en más valoraciones. De esta forma, recuerda, la situación actual de la exigencia del certificado COVID, permanece como está. La consejera se ha pronunciado sobre la cuestión antes de la reunión convocada para este martes por la consejera y su homólogo de Educación, Felipe Faci, con la Mesa y Junta de Portavoces de las Cortes de Aragón, para informar de la situación en relación con el COVID-19 en la Comunidad y las últimas medidas adoptadas,