El TSJA rechaza el pasaporte COVID en el ocio nocturno
Será el Constitucional el que decida sobre la solicitud presentada por el Gobierno de Aragón

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón rechaza la petición realizada por la Consejería de Sanidad del Gobierno de Aragón de aplicar el 'pasaporte covid' en el ocio nocturno de la Comunidad. El Tribunal esgrime que se trata de una cuestión que vulnera dos artículos de la Constitución Española. De este modo, no podrá solicitarse la presentación del documento que acredita estar inmunizado contra la COVID-19 o haber pasado la enfermedad como condición para acceder a los establecimiento de ocio nocturno.
El TSJA estipula que debe ser el Tribunal Constitucional el que decida sobre la aplicación del documento y si dicha petición contraviene algún artículo de la Carta Magna.
El Gobierno de Aragón ya había presentado al TSJA el texto de una orden que modificaba la modulación de medidas del nivel de alerta sanitaria 2 para su autorización previa. La orden argumenta que en determinadas actividades sociales que tienen riesgo elevado de transmisión cabe proceder a la disminución de restricciones, siempre que se reduzca la posibilidad de transmisión, permitiendo acceder sólo a personas con certificado Covid a determinados establecimientos.
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