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TRIBUNALES

El TSJA rechaza aplicar cuarentenas en centros de educación especial de Aragón

El Gobierno de Aragón ha anunciado que presentará alegaciones, porque según fuentes del Ejecutivo autonómico se han seguido los criterios marcados en el ámbito nacional

ARAGÓN NOTICIAS / AGENCIAS /
icono foto Sede del Tribunal Superior de Justicia de Aragón. / Foto: EP

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha acordado este martes suspender, de forma cautelar, la orden del Departamento de Educación del Gobierno de Aragón que establece las pautas a seguir, entre otras el establecimiento de una cuarentena, tras la confirmación de un positivo por la COVID-19 en los centros de educación especial. Según informa en un comunicado el alto tribunal aragonés, los magistrados aceptan en su auto la petición de medidas cautelarísimas (sin escuchar las alegaciones de la parte contraria) solicitadas por la Asociación Liberum junto a profesores y padres de alumnos contra la referida instrucción.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA ha acordado suspender los apartados sexto y octavo de la Instrucción. Estos apartados establecen que "los contactos estrechos que no estén completamente vacunados realizarán cuarentena" y que "no se realizarán pruebas diagnósticas de infección activa". Además, "los contactos estrechos vacunados con pauta completa está exentos de cuarentena. Así mismo también los que hayan sido positivo en los 180 días anteriores".

El principal argumento de los magistrados para acordar la suspensión cautelarísima reside en que lo que establecen los apartados sexto y octavo "excede con creces los límites de lo que debe ser una instrucción, imponiendo a terceros determinadas pautas y actuaciones obligatorias y estableciendo luego ciertas exenciones por razón de vacunación".

El Ejecutivo aragonés presentará alegaciones

El Gobierno autonómico ha anunciado que presentará alegaciones ante el acuerdo de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA). Fuentes del Ejecutivo aragonés han precisado que respetan la decisión judicial y han explicado que el Departamento de Educación ha seguido los criterios marcados en el ámbito nacional en el Consejo Interterritorial de Salud y, de esta forma, envió a los centros una Instrucción en la que reflejaba lo estipulado en ese protocolo nacional.

Por eso, las cautelarísimas dictadas este martes, tres semanas después del retorno a las aulas tras las vacaciones de Navidad, "no tendrán efecto en la práctica" ya que suspenden dos puntos de las Instrucciones remitidas a los centros entonces, por lo que pasa a estar en vigor la Estrategia Nacional de Detección Precoz, Vigilancia y Control de Covid-19, que marca los mismos criterios que el documento enviado por Educación.

El TSJA da tres días al Ministerio Fiscal y al Ejecutivo para presentar alegaciones.

Medidas que corresponden a salud pública

El TSJA ha añadido que estas medidas "han de imponerse única y exclusivamente por las autoridades en salud pública con competencia y por criterios estrictamente médicos que aquí echamos en falta de forma absoluta y no pueden venir reguladas en decisiones como una Instrucción o un Protocolo, que no tiene rango normativo".

El Tribunal ha puntualizado que la Instrucción no indica en qué normativa con rango suficiente se basa y ha incidido en que "además, en la medida en que regula derechos fundamentales, claramente se ve que no es la actuación jurídica adecuada para ello, debiendo haberse dictado, una norma con rango suficiente".

Además, el TSJA ha aclarado que no está realizando "una valoración de oportunidad de las medidas que se adoptan desde un punto de vista médico, sino que el juicio se reduce a los estrictos límites en que se impetra la tutela judicial de esta Sala".

El recurso, presentado por la Asociación Liberum junto a profesores y padres de alumnos, reclamaba también la suspensión cautelar de los puntos seis y once del documento sobre 'Actuación ante la aparición de casos de COVID-19 en centros educativos en contexto de alta circulación de virus SARS-Cov2', de fecha 11 de enero de 2022.

Sobre este documento los magistrados han descartado pronunciarse al considerar que "no es más que una lista de preguntas y respuestas sobre situaciones de contagio en las aulas, que no sabemos su autoría, ni su naturaleza jurídica", por lo que frente a él no se adoptan medidas cautelarísimas.