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HORARIOS NOCHEVIEJA

El TSJA deniega las cautelarísimas a bares y salas de fiesta

El Tribunal acuerda escuchar al Gobierno de Aragón antes de adoptar medidas

ARAGÓN NOTICIAS/ AGENCIAS /
Sede del Tribunal Superior de Justicia de Aragón./ Foto: EP
icono foto Sede del Tribunal Superior de Justicia de Aragón./ Foto: EP

La Sala Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha desestimado las cautelarísmas solicitadas por las asociaciones de empresarios de cafés y bares y de salas de fiesta, baile y discotecas, quienes han recurrido al TSJA para impugnar la orden de la DGA que establece restricción de horarios en Nochevieja. Según informa el tribunal, las restricciones, establecidas por el Ejecutivo regional para hacer frente a la oleada de nuevos contagios por COVID, fue impugnada por estas asociaciones al entender que no estaban suficientemente justificadas por las autoridades sanitarias.

Sin embargo, los magistrados de la sala de lo contencioso consideran necesario escuchar previamente los argumentos de los responsables sanitarios para valorar la posibilidad de adoptar una medida cautelar contra la orden, y dan un plazo de cinco días a la Administración autonómica para contestar a la demanda. 

"Es innegable -afirman en su auto- que hay una ola numéricamente muy importante de la pandemia, con un aumento de casos registrados, y aún cuando pueda discutirse si efectivamente se cumplen plenamente dichos requisitos sobre la necesidad, idoneidad y proporcionalidad, lo cierto es que parece razonable que se intente reducir las ocasiones de contacto, así como la duración de las horas, dada la gran cantidad de positivos que parecen surgir".

"Generaría más dudas y confusión que otra cosa"

Argumentan, además, que a un día de la celebración de la Nochevieja se habrán producido numerosas cancelaciones ya, por lo que la suspensión de la orden "generaría más dudas y confusión que otra cosa". Destacan a este respecto que la premura en los plazos, (el recurso fue presentado este miércoles a las 13.30 horas y el auto ha sido dictado este jueves) "no va a permitir reaccionar a tiempo a la mayoría de los establecimientos y, en cualquier caso, difícilmente hará que se recupere lo ya cancelado".

"Es más -continúan-, puede haber problemas sobre el derecho a devolución si se mantienen los cotillones a última hora, cuando mucha gente ha decidido no ir, bien por el miedo a la pandemia bien porque los amigos ya han renunciado". Por ello, consideran que no tiene suficiente fundamento una suspensión sin haber escuchado a la otra parte, "pues además de que difícilmente remedie muchos de los perjuicios, lo es de una medida que, a priori, no se puede considerar excesiva o absolutamente infundada".

No obstante, en su resolución, contra la que no cabe recurso, los magistrados comparten las críticas de las asociaciones respecto de la falta de previsión en la actuación del departamento de Salud, que anunció el pasado lunes las medidas que se iban a tomar y no las dictó hasta el martes por la tarde. "Es decir, que se tomó la Diputación General de Aragón día y medio para publicar la orden, pero luego no podía demorarse su entrada en vigor ni un minuto", reprochan los magistrados a la administración.

El tribunal considera "sorprendente" el momento de la toma de estas medidas

Por otra parte, afirma el tribunal que resulta "sorprendente" lo inusitado del momento de la toma de estas medidas ya que el pasado día 17 de diciembre la propia sala validó la exigencia del pasaporte COVID, una decisión "precedida de ostensibles manifestaciones de la administración sobre la importancia de la exigencia del pasaporte COVID y de su necesidad para evitar medidas más drásticas".

"Doce días después parece que no sirve de mucho y se implementan nuevas medidas que, dado el escaso tiempo entre su toma y sus efectos principales, causarán con seguridad importantes perjuicios", subrayan.