Publicidad
CRIMEN BOLTAÑA

El condenado por el crimen de Boltaña pide al TSJA repetir el juicio por asesinato

La defensa sostiene que “existieron irregularidades procesales y deficiencias en la valoración de varias pruebas", mientras que la Fiscalía y las acusaciones respaldan el proceso

ARAGÓN PRESS /
Lugar donde se produjo el crimen. / Aragón TV
icono foto Lugar donde se produjo el crimen. / Aragón TV

La condena por el crimen que conmocionó a Boltaña en octubre de 2023 ha llegado este martes al Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) con la posibilidad de la repetición del juicio puesta sobre la mesa.

Sergio Domingo Elvira, condenado en marzo a 17 años y medio de prisión por asesinar de un navajazo a Fernando Úrbez Sarrablo en la plaza Mayor de la localidad oscense, ha solicitado la nulidad del juicio celebrado con jurado popular y la repetición íntegra de la vista. Su defensa sostiene que “existieron irregularidades procesales y deficiencias en la valoración de varias pruebas” que habrían vulnerado sus derechos fundamentales, mientras que Fiscalía y acusaciones han defendido la solidez del veredicto y han pedido confirmar la sentencia.

La Sala de lo Civil y Penal del TSJA ha celebrado la vista del recurso de apelación en el Palacio de los Luna de Zaragoza. Durante su intervención, la letrada Rocío Notivoli ha centrado buena parte de sus argumentos en supuestas deficiencias en la investigación de la Guardia Civil. La defensa ha cuestionado la intervención y custodia de tres teléfonos móviles incorporados a la causa, señalando contradicciones sobre qué agentes participaron en determinadas diligencias. Según ha sostenido, la presunción de inocencia "no puede destruirse con una prueba errónea o dudosa" y la condena no puede asentarse sobre actuaciones que considera “insuficientemente aclaradas”.

La abogada también ha reprochado a una de las forenses del caso el haber empleado durante el juicio el término "alevoso", al entender que se trata de una valoración jurídica que corresponde exclusivamente al tribunal. Asimismo, ha criticado que se mostrara al jurado una fotografía de una navaja similar a la supuestamente utilizada en el crimen cuando el arma homicida nunca fue localizada. A juicio de la defensa, las conclusiones científicas “no permitían descartar de forma concluyente la navaja hallada en las inmediaciones del lugar de los hechos y existían discrepancias entre las dos forenses que debieron generar dudas razonables en los miembros del jurado popular”.

Otro de los argumentos esgrimidos ha sido la propia calificación de los hechos como asesinato. La defensa ha insistido en que la alevosía no quedó acreditada y ha defendido que la reconstrucción de los acontecimientos refleja una confrontación previa entre víctima y acusado, con “un intercambio de golpes antes de la agresión mortal”. Por ello, considera que los hechos encajarían, en todo caso, en un delito de homicidio y no de asesinato, por lo que ha solicitado subsidiariamente la revocación de la sentencia condenatoria.

Fiscalía y acusaciones ven acreditado el asesinato

Frente a estas alegaciones, tanto la Fiscalía como las tres acusaciones particulares han rechazado que existiera cualquier irregularidad con capacidad para invalidar el juicio. El Ministerio Público ha sostenido que las incidencias denunciadas por la defensa “fueron aclaradas durante la vista celebrada en la Audiencia Provincial de Huesca y que ninguna tuvo relevancia decisiva en la condena”. Respecto a los teléfonos móviles, ha recordado que finalmente no fueron objeto de análisis ni tuvieron incidencia alguna en el veredicto. Sobre el arma homicida, ha señalado que “siempre quedó claro que nunca fue localizada y que la navaja encontrada pertenecía a un amigo de la víctima”, extremo descartado por las pruebas periciales.

Las acusaciones particulares han defendido igualmente la validez de todo el procedimiento y han calificado de “contundentes” las pruebas que sustentaron la condena. Los escritos de impugnación destacan que el error detectado en la identificación de dos agentes de la Guardia Civil fue corregido y aclarado antes del juicio, y subrayan que el jurado fundamentó su decisión en testimonios directos, informes científicos y pruebas periciales coincidentes. Además, han recordado que el propio veredicto “reflejó de forma detallada los elementos de convicción que llevaron a considerar acreditada la autoría del acusado”.

La sentencia recurrida declaró probado que Sergio Domingo regresó a la plaza Mayor de Boltaña armado con una navaja y asestó a Fernando Úrbez una puñalada "repentina y sorpresiva" que le perforó el corazón, impidiéndole defenderse. Siete de los nueve miembros del jurado popular consideraron acreditada la existencia de alevosía y lo declararon culpable de asesinato. Ahora será la Sala de lo Civil y Penal del TSJA la que deba resolver si confirma la condena de 17 años y seis meses de prisión o si estima alguna de las pretensiones planteadas por la defensa.

Si quieres estar al día de toda la actualidad, síguenos en redes sociales: Instagram, Facebook, X, TikTok y también en el canal de WhatsApp.