Condenados a más de 30 años por captar mujeres en Colombia y prostituirlas
A las reclutadas les hicieron creer que se dedicarían a la hostelería o la limpieza y luego les obligaron a prestar servicios sexuales para devolver la deuda


La Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado a 30 años de cárcel a los hermanos Milton Seir A.G. y Tatiana Andrea A.G., por cinco delitos de trata de seres humanos en concurso con otros tantos de inducción a la prostitución. Además, ambos son condenados a diez meses de prisión por un delito continuado de favorecimiento de inmigración ilegal, y Milton recibe también una pena de tres años de cárcel por un delito contra la salud por tráfico de drogas.
El fallo judicial considera probado que los dos hermanos condenados reclutaban en Colombia, el país de origen de ambos, a mujeres a las que traían a España prometiéndoles un trabajo. Para facilitarles el viaje, les pagaban el pasaje y facilitaban dinero en efectivo para que pudieran sacarse el pasaporte y viajar a España con visado de turista, cantidades que luego tenían que devolver.
Las mujeres, muchas de ellas en situación de necesidad en su país y alguna incluso víctima de abusos, aceptaban este trato desconociendo, en al menos tres de los cinco casos, que se les iba a exigir dedicarse a la prostitución, ya que en Colombia se les decía que trabajarían en el sector de la hostelería o en limpieza.
Una vez llegaban a España, Milton A. G. las recogía en el aeropuerto de Barcelona y las trasladaba a Zaragoza, donde les exigía los mil euros facilitados para entrar en el país y les pedía el pasaporte, informándoles de que deberían dedicarse a la prostitución en varios pisos que los hermanos tenían para ello, en las calles Monasterio de Samos, Antonio María Claret, Sixto Celorrio y Norte.
Una mujer las controlaba
Las víctimas eran obligadas a ejercer la prostitución con un horario de 24 horas, para satisfacer la deuda que tenían por el viaje, y debían depositar el dinero que recibían por sus servicios en una caja para después hacer el reparto con los hermanos, que además les cobraban por el uso de la habitación y por la comida. En la mayor parte de los casos el reparto era del 50% para los hermanos, y la otra mitad se dividía en un 25% para gastos y el resto para la mujer. Los pisos tenían cámaras instaladas para vigilar que las mujeres permanecían en ellos y que depositaban en la caja todo el dinero que recibían.
Cuando ya estaban instaladas, solo podían salir de los pisos para realizar gestiones personales o prestar los servicios sexuales que previamente se hubieran concertado a través de la página de contactos Pasion.com, encargándose en alguna ocasión John Jairo M. R, esposo de Tatiana Andrea, de transportarlas en su vehículo al lugar en el que debían prestar el servicio.
El fallo judicial considera también probado que el control y la vigilancia de las mujeres que vivían en el piso de Monasterio de Samos, así como la atención al teléfono para concertar los encuentros sexuales era llevado a cabo por Leidy Tatiana R. L., a la que se le impone una pena de prisión de seis años por tres delitos de determinación coactiva a la prostitución. Además, La sentencia decreta también una condena a Brayan Steven J. R., a tres años de prisión igualmente por un delito contra la salud pública por traficar con sustancias estupefacientes.
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