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TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Los ayuntamientos aragoneses piden una solución al impuesto de plusvalías

Desde la FAMCP piden conjugar el interés ciudadano con este impuesto y la necesidad de mantener servicios y competencias

ARAGÓN NOTICIAS / AGENCIAS /
Sede del TC, en Madrid. (EP)
icono foto Sede del TC, en Madrid. (EP)

Los ayuntamientos aragoneses piden una solución tras el fallo del Tribunal Constitucional, que anula el método utilizado hasta ahora para calcular el impuesto de plusvalía que venían cobrando los ayuntamientos. El presidente de la Federación Aragonesa de Municipios Comarcas y Provincias (FAMCP), Luis Zubieta, reconoce que esta resolución es un golpe para los ayuntamientos y que será necesario conjugar el interés ciudadano con este impuesto y la necesidad de mantener servicios y competencias. Ayuntamientos como los de Zaragoza y Huesca han decidido suspender cautelarmente la liquidación del impuesto de plusvalías hasta que se conozca qué decisión va a adoptar el Gobierno de España.

Zubieta considera que el impuesto de plusvalías "es un ingreso que no podemos perder, y habrá que conjugar el interés ciudadano en cuanto a la justicia y equidad de este impuesto con la necesidad de mantener servicios en los ayuntamientos y mantener competencias". El alcalde de Zaragoza, Jorge Azcón, ha pedido que se vaya más allá de una regulación y pide un fondo de compensación porque, asegura, "van a mermar los recursos" . La concejal de Hacienda del Ayuntamiento de Zaragoza, María Navarro, ha catalogado la situación de "preocupante" y ha mostrado su temor ante un posible "colapso" en la gestión municipal. Las plusvalías supondrían 45 millones de euros para el ayuntamiento de Zaragoza en 2022, entre el 6 y el 8% de los ingresos.

El fallo del Tribunal Constitucional entiende que el sistema de cómputo no se corresponde con lo real. Hasta ahora se daba por supuesto un aumento en el valor de los terrenos o inmueble, aunque en la realidad no hubieran incrementado su valor. Los ayuntamientos dejarán de cobrar ese impuesto cuando la decisión del Tribunal se publique en los próximos días, aunque no tendrá carácter retroactivo y, por tanto, no habrá devoluciones. El Gobierno ya anunciado que revisará el impuesto para garantizar su constitucionalidad y la financiación de los Ayuntamientos.

Reacciones en Teruel y Huesca

Por su parte, la alcaldesa de Teruel, Emma Buj, recuerda que las plusvalías suponen sobre un 6% de los ingresos municipales, unos 800.000 euros. Recuerda que el ayuntamiento solo cobra las plusvalías de compraventas con beneficio. Y critica que Hacienda llega tarde. Este miércoles se ha reafirmado en su petición al Gobierno central para que aporte una solución: "Le pido a Sánchez y a Montero que den una solución lo antes posible para que esto no comprometa la aprobación de presupuestos". "Sí que puedo decir", añade, "que Teruel sigue trabajando en esos presupuestos"

El Ayuntamiento de Huesca, gobernado por el PSOE, recauda cerca de 1,5 millones de euros cada año por este concepto. Desde el Consistorio oscense, su concejal de Hacienda, José María Romance, ha recordado en el programa Buenos Días, de Aragón TV ,que este es el tercer impuesto más importante tras el IBI y el impuesto de circulación de vehículos.  El alcalde, Luis Felipe, ha pedido "una reacción rápida del Gobierno", y que también "desde el gobierno de España se repongan aquellos recursos que desde los ayuntamientos podemos ver mermados por esta resolución".

El artículo 107, clave del fallo del tribunal

El fallo, del que se conocerán más detalles en los próximos días, considera inconstitucionales distintos apartados del artículo 107 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, que establece la base imponible de este impuesto, y declara la intangibilidad de las situaciones firmes existentes hasta ahora. El primero de ellos afecta al artículo 107.1, según el cual la base imponible está constituida por el incremento del valor de los terrenos. En su segundo párrafo, ahora declarado nulo, la ley estipula que, a efectos de determinar esta base, habrá de tener en cuenta el valor de los terrenos en el momento del devengo de acuerdo con una serie de reglas, y el porcentaje anual determinado por cada ayuntamiento.

También declara inconstitucional el artículo 107.2.a), que fija que, en las transmisiones de terrenos, el valor vendrá determinado a efectos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). Esto es, atendiendo al valor catastral fijado por las Administraciones. Asimismo, el Pleno declara nulo el apartado 4, que prevé la aplicación de un porcentaje anual, determinado por cada ayuntamiento, sobre el valor del terreno. Para establecerlo, la ley dispone que sea el resultado de multiplicar el porcentaje anual aplicable a cada caso por el número de años a lo largo de los cuales se haya producido un incremento de valor.

La sentencia estima la cuestión promovida por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Ha contado con el voto particular concurrente del presidente del Constitucional, Juan José González Rivas, y los votos discrepantes de los magistrados Cándido Conde-Pumpido y María Luisa Balaguer.

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