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BIODIVERSIDAD

Aragón crea un listado de especies silvestres en régimen de protección especial

El Ejecutivo autonómico lo somete a información pública e informa también de la revisión del catálogo de especies amenazadas, en el que, con respecto a 2005, aumenta un 61% el número de elementos en peligro de extinción

ARAGÓN NOTICIAS /
Imagen de una rana pirenaica, en peligro de extinción (Foto: J. Serra-Cobo).
icono foto Imagen de una rana pirenaica, en peligro de extinción (Foto: J. Serra-Cobo).

El Boletín Oficial de Aragón (BOA) de este miércoles publica el Decreto por el que se crea el Listado Aragonés de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LAESRPE) y se modifica el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón. El texto define el contenido del registro, describe la información asociada al mismo y regula el procedimiento de inclusión, cambio de categoría o exclusión de una especie en el Listado o en el Catálogo aragonés, además de establecer un régimen de protección y evaluación periódica del estado de conservación de las especies incluidas.

Por otro lado, el decreto incide en la obligación de que las especies amenazadas cuenten con adecuados planes de recuperación o conservación, para lo cual se regula su contenido y su procedimiento de aprobación. En caso de que esta planificación lo establezca y siempre como complemento a las acciones de conservación in situ, se promueve la realización de programas de cría en cautividad o conservación ex situ en bancos de material biológico o programas específicos de traslocación, que impliquen refuerzos poblacionales, reintroducciones, colonizaciones asistidas o restablecimiento ecológico.

Asimismo, la norma reglamentaria prevé el procedimiento para la creación de microrreservas de flora, fauna, hábitats y recursos genéticos, cuyo interés radica en reconocer una serie de áreas de reducida extensión que presentan gran valor por albergar poblaciones sobresalientes de especies y hábitats amenazados, y cuya distribución sea muy localizada.

El decreto también regula la elaboración de estrategias transversales para la corrección de factores adversos para la conservación de especies silvestres, que pueden incidir en materias tales como infraestructuras y fauna silvestre, comederos artificiales, uso ilegal de tóxicos peligrosos o control de especies exóticas, incluyendo criterios orientadores o directrices de actuación para la ejecución de los planes de acción.

Además de todo ello, el decreto da carta de naturaleza al Centro de Recuperación de Fauna Silvestre de la Alfranca, correspondiendo a la Dirección General con competencias en la conservación de la biodiversidad velar por su correcto funcionamiento.

Una vez sometido a audiencia y al informe de Consejo de Protección de la Naturaleza (CPN) e incorporadas las alegaciones presentadas al borrador, se llevará a cabo durante el próximo mes la oportuna y necesaria participación ciudadana de este proceso de elaboración de este proyecto y, por ello, se pone a disposición de los ciudadanos en el enlace https://www.aragon.es/-/documentos-en-periodo-de-informacion-publica-y/o-tramite-de-audiencia.

Antecedentes legales

En base a la normativa básica estatal, la Comunidad Autónoma de Aragón aprobó el Decreto 49/1995, de 28 de marzo, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón, modificado parcialmente por el Decreto 181/2005, de 6 de septiembre, y por la Orden de 4 de marzo de 2004, del departamento de medio ambiente del Gobierno de Aragón.

Posteriormente, esta normativa estatal ha sido modificada por la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, creando un Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESPRE) mediante el Real Decreto 139/2011, y estableciendo un régimen específico de protección para las especies incluidas en él.

Entre las novedades que introdujo esta normativa se estableció dentro de este LESPRE un Catálogo Español de Especies Amenazadas, en el que se deben incluir las especies más amenazadas, considerándolas como “vulnerables” o “en peligro de extinción”.

El decreto aragonés requería una adaptación a las nuevas obligaciones y categorías de especies recogidas, desapareciendo las antiguas categorías de protección “sensible a la alteración de su hábitat” y “de interés especial”, así como la categoría de “especie extinguida”, tal y como hasta el momento han venido recogidas en el Decreto 49/1995, de 28 de marzo, que se pretende derogar.

En consonancia con lo anterior, esta ley básica permite que las Comunidades Autónomas, en sus respectivos ámbitos territoriales completen este listado nacional, incrementando, en su caso, el grado de protección mediante su inclusión en una categoría superior de amenaza.

Balance del listado de especies incluidas respecto al anterior Decreto

Por otro lado, la propuesta de revisión del Catálogo incrementa en un 61% el número de especies catalogadas como “en peligro de extinción”, pasando de 26 en el Decreto 181/2005, a 42 actualmente. Los aumentos más significativos se dan entre los invertebrados (de 2 a 7 especies) y en los vertebrados (que pasan de 9 a 21 especies), siendo los peces, las aves y los quirópteros los grupos que más contribuyen a este aumento. El número de especies de flora dentro de esta categoría no ha variado prácticamente. Más que el empeoramiento real de su estado de conservación, el incremento del nivel de conocimiento en todos estos grupos es el motivo de este aumento en el número de especies catalogadas en la máxima categoría de amenaza.

En términos absolutos, el número de especies propuestas como “Vulnerables” (96) es ligeramente inferior a la suma de las dos categorías (“Sensible a la alteración del hábitat” + Vulnerable= 105) del Decreto 181/2005 que serían homologables. El descenso en el número de especies de flora propuestas se ve neutralizado en buena medida por el aumento del número de especies de fauna, donde destaca la incorporación de numerosos invertebrados pertenecientes al grupo de los Moluscos, en donde ha tenido mucha importancia el criterio de expertos.

Por último, el número de especies propuestas para incorporar exclusivamente en la LAESRPE (222 en total) duplica a la anterior categoría de “Interés especial” (97). La mejora del conocimiento sobre las especies de briófitos y plantas vasculares, así como sobre los grupos de fauna de invertebrados (fundamentalmente lepidópteros, coleópteros e himenópteros) es el responsable de este incremento en el número de especies que merecen un régimen de protección especial, aunque no estén estrictamente amenazadas.

Por tanto, el número total de especies incluidas en el conjunto del LAESRPE, se ha incrementado en un 57% respecto a las incluidas en el anterior Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón, pasando de 229 en el Decreto 181/2005 a 360 en la propuesta actual. En términos generales, el incremento en el número de especies que pasan a formar parte del LAESRPE (y del Catálogo) es mucho mayor en los grupos de fauna que los de flora, y ello se debe fundamentalmente a los progresos en el conocimiento de los mamíferos quirópteros y a los datos aportados por los expertos en algunos grupos de invertebrados.

El Ejecutivo autonómico informa de que un buen número de las especies incorporadas al LAESRPE (y al Catálogo aragonés) tienen su razón de ser en su inclusión en la normativa básica estatal, el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, y sus actualizaciones.