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RESTRICCIONES COVID

Canarias recurre al Supremo para aplicar el cierre perimetral

El Gobierno canario descarta el toque de queda, una medida que la justicia rechazó en el archipiélago pero que sí permitió en la Comunidad Valenciana, Baleares y Galicia.

ARAGÓN NOTICIAS /
icono foto Fachada Tribunal Supremo.

El recurso del gobierno canario para salvar el cierre perimetral de las islas en nivel de alerta 3 y 4, que tumbó el Tribunal Superior de Justicia de la comunidad insular, se encuentra ya sobre la mesa de la Sala de Contencioso del Tribunal Supremo. Es el último movimiento de un galimatías judicial en el que, sin estado de alarma para regular las restricciones, los tribunales deciden sobre las medidas solicitadas por los territorios.

La pandemia de la COVID-19 ha generado una situación inédita en el ámbito judicial. En este caso, Canarias ha recurrido ante el Tribunal Supremo para poder aplicar el cierre perimetral en las islas y ha descartado recurrir el toque de queda al no obtener el aval de la justicia, como también ocurrió en Navarra y País Vasco, pero que sí se permitió en la Comunidad Valenciana, Baleares y Galicia. 

Las asociaciones de jueces hacen hincapié en que las resoluciones dispares están dentro de lo esperable, justificadas por lo inédito de la situación: "Me gusta hablar de justicia de guerra, no nos habíamos visto nunca en esta situación", explica Esther Castanedo, portavoz de Juezas y Jueces para la Democracia. 

A esta situación, cargada de ambigüedades, desde las asociaciones de jueces añaden que la ley de Emergencia Sanitaria fue aprobada hace 40 años. Por ello, el  portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura, Juan José Carbonero, denuncia "la necesidad de revisar la normativa aplicable y vigente" en materia de emergencias sanitarias.

El Tribunal Supremo es el órgano que tiene la última palabra sobre las restricciones para hacer frente a la pandemia del coronavirus. Desde Juezas y Jueces para la Democracia señalan que las contracciones seguirán surgiendo, porque las decisiones varían "en virtud de las distintas circunstancias de cada comunidad autónoma y en virtud de las distintas justificaciones que el gobierno de cada comunidad autónoma da para adoptar estas medidas".