Publicidad
NIVEL 2 MODULADO

¿Cuándo cierran los bares y restaurantes?

Se reduce al 50% el consumo en el interior de la hostelería y se adelanta su cierre a las 23:00 horas. El ocio nocturno podrá permanecer abierto hasta las 00:30 horas, pero sin nuevos clientes desde las 00:00 horas

ARAGÓN NOTICIAS /
Un grupo de personas cena en una terraza.
icono foto Un grupo de personas cena en una terraza.

Desde la medianoche, Aragón vuelve a estar bajo el nivel de alerta sanitaria 2, con nuevas modulaciones. El aumento de la incidencia acumulada y de los contagios, con especial incidencia entre los menores de 30 años, han llevado al Gobierno de Aragón a tomar nuevas medidas para frenar el crecimiento de la que ya se denomina 'sexta ola' de la COVID-19.

Las nuevas restricciones afectan, fundamentalmente, a la hostelería y la restauración, que desde este viernes no podrán estar en activo más allá de las 23:00 horas, dos menos que en Fase 1. El consumo en el interior de los locales tendrá como límite máximo el 50% de su aforo permitido -antes 75%-, no podrá haber más de seis personas por mesa y se suspende el consumo en barra.

En el caso del  consumo en terraza, se permite el 100% del aforo establecido, en este caso, con un máximo de diez comensales por mesa. Además, se mantiene la prohibición de fumar en terrazas y se permite el servicio de buffet. 

 

En el caso de los establecimientos que prestan el servicio de comida para llevar, podrán trabajar hasta el horario máximo que tengan autorizado. 

El ocio nocturno y las salas de concierto también deben cumplir con nuevas modulaciones en sus horarios y comparten los mismos aforos y normas que la hostelería. El cambio más destacado responde al horario de cierre, que se establece a las 00:30 horas, cuando hasta ahora se situaba en las 03:00 horas de la madrugada.

Además, los establecimientos nocturnos no podrán aceptar nuevos clientes a partir de las 00:00 horas. Se mantiene también la prohibición de hacer uso de la pista de baile o espacios adaptados para ello. 

Las salas de concierto podrán desarrollar su actividad con asientos preasignados, respetando las medidas de seguridad y con un aforo máximo del 50%. Los límites horarios de estos espacios serán los mismos que los establecidos para los locales de ocio nocturno, siempre que lo permita la correspondiente licencia municipal.

En el caso de las fiestas populares, se mantiene la prohibición de las verbenas, fiestas, actividades en peñas o locales de reuniones similares. Además, sigue vigente la suspensión de todas las fiestas patronales y locales hasta el 31 de agosto.

Competiciones deportivas, gimnasios y piscinas, al 75%

El aforo establecido para los gimnasios y equipamientos similares se establece en el 75%, si bien, los grupos para la realización de actividades dirigidas en espacios interiores se limitan a diez personas. Además, se establece el uso obligatorio de la mascarilla. Los vestuarios y piscinas también mantienen su aforo en tres cuartas partes de su capacidad. 

En el caso de las competiciones deportivas, se establece un aforo del 75% en localidades con asiento. A las actividades que se celebren en espacios interiores podrán asistir 500 personas y 1.000 si es en el exterior. 

Los que no van a notar el cambio de fase, en lo que a aforos se refiere, son los comercios, academias, autoescuelas, bibliotecas, museos, cines y teatros, que mantienen su ocupación máxima en un 75%. Además, las visitas guiadas también mantienen su aforo máximo en 20 personas.

Los mercadillos mantendrán el 100% de los puestos aunque el aforo del recinto no podrá superar el de dos personas por cada cinco metros cuadrados. La ocupación también se mantienen al 100% en el trasporte público, debiéndose usar mascarilla en todo momento, al igual que en el transporte privado, donde solo los no convivientes estarán exentos de llevar mascarilla.

Los lugares de culto, ferias al aire libre o instalaciones taurinas mantienen los aforos al 75%.

Reuniones sociales y celebraciones

Las actividades sociales se reducen a un máximo de diez personas, lejos de las 35 personas en espacio cerrado y las 75 al aire libre que permitía la fase 1.

El nivel de alerta sanitaria 2 establece reducciones en el aforo máximo de celebraciones como bodas, bautizos y comuniones, donde no podrán citarse más de 120 personas, por lo que se restringe el aforo en 30 personas respecto al nivel anterior. El número de comensales por mesa es el mismo que en la hostelería. Además, el titular del establecimiento deberá tener un listado con el contacto de los asistentes, que deberá conservar durante las cuatro semanas posteriores al evento.

Para este supuesto, la orden también establece una disposición transitoria para retrasar la entrada en vigor del apartado que regula las celebraciones (bodas, bautizos, comuniones...). La reducción de aforos se hará efectiva a las 00:00 horas del 16 de julio.

Cuando las reglas sobre aforo establecidas por la normativa vigente permitan la asistencia de más personas, se deberá solicitar autorización al Servicio Provincial de Sanidad. En esos casos, no se permite fumar ni consumir alimentos o bebidas, excepto en la zona de restauración habilitada al efecto.

Por último, las reuniones de órganos de gobierno y representación, encuentros, reuniones de negocios, conferencias y actos similares serán con un máximo de 500 personas y siempre respetando el 75% de aforo.