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RESOLUCIÓN

El TSJA limita hasta el 8 de enero la validez de las medidas del pasaporte COVID

Además, los magistrados de lo Contencioso suspenden cautelarmente la obligatoriedad de la medida para las celebraciones sociales en establecimientos hosteleros

ARAGÓN NOTICIAS /
El TSJA avala el pasaporte COVID para el ocio nocturno.
icono foto El TSJA avala el pasaporte COVID para el ocio nocturno.

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha dado el visto al pasaporte COVID como medida para controlar la pandemia, pero limita su validez hasta el próximo 8 de enero de 2022 y suspende su obligatoriedad para celebraciones sociales en establecimientos de hostelería y restauración. 

Los magistrados de la Sala de lo Contencioso Administrativo han dispuesto este viernes que la decisión de exigir el certificado de vacunación se mantenga únicamente durante el periodo navideño y decaiga a partir de las 0:00 horas del día 8 de enero de 2022. 

Establece esa limitación temporal por la "absoluta desproporción" que aprecia en el inconcreto horizonte temporal establecido por la Orden de Sanidad de "hasta que el Gobierno de España declare la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19", como apunta el artículo tercero de dicha Orden.

Critica el argumento de la "proporcionalidad"

Tampoco ve proporcional, como argumenta el Gobierno de Aragón, que la exigencia del pasaporte COVID vaya a tener un impacto menor que el cierre de  los negocios. "Proporcionalidad es otra cosa distinta, que no sea peor el remedio que la enfermedad o que la medida sirva para algo y no genere más perjuicio que beneficio crea", argumenta. 

Por otra parte, el TSJA entiende que el Ejecutivo no incurre en vía de hecho (que la Administración autonómica hubiese actuado fuera de su ámbito de competencia o al margen del procedimiento establecido), como así reclamó en su escrito el Ministerio Fiscal.

En ese sentido, considera que la medida tiene encaje, tanto en la normativa estatal (Ley General de Sanidad y Ley de Salud Pública) como en la autonómica (Ley de Salud de Aragón y Ley de Salud Pública de Aragón). 

Eso sí, el órgano judicial autonómico advierte de que esta postura de no admitir las solicitudes de los recurrentes no debe entenderse como "convalidación o ratificación posterior de una decisión no sometida a autorización", ya que, según razona en su resolución, el análisis de la medida se efectuará "desde parámetros estrictamente sujetos a la dinámica propia de la tutela cautelar, que difiere a nuestro juicio de la propia de las autorizaciones del artículo 10.8 de la LJCA". 

Sin pasaporte para celebraciones sociales

Tras abundar en la jurisprudencia sobre la cuestión, los magistrados justifican la suspensión cautelar del artículo 4.2.b) de la Orden aprobada por el Departamento de Sanidad en el que se establecía la obligatoriedad de mostrar el pasaporte COVID en las celebraciones nupciales, comuniones, bautizos confirmaciones y otras celebraciones sociales, familiares, religiosas o civiles que puedan tener lugar en establecimientos de hostelería y restauración. 

Entiende el TSJA que, aquí, es una medida que afecta a varios derechos fundamentales. La DGA, señala el tribunal, excede su justificación de mayor control de las grandes reuniones, pues afecta a cualquiera (con independencia del número de asistentes), no echa mano de una cifra concreta de asistentes como sí hace el País Vasco (más de 50 comensales) ni menciona a convivientes y no convivientes. Y apunta que puede desprenderse un "sesgo discriminatorio" para aquellos asistentes a una reunión familiar y social, porque deberán declarar su decisión personal de no vacunarse en un ámbito de relación privada.

Respuesta del Ejecutivo autonómico 

El Gobierno de Aragón ha reaccionado a esta decisión de manera inmediata. El Ejecutivo autonómico respeta la decisión y considera importante que el TSJA haya dado el visto bueno al pasaporte COVID en lugares sensibles ante el "complejo" momento que se vive por las elevadas cifras de contagios en la Comunidad. Situación que hace necesaria, a su juicio, una medida como la ya avalada por la justicia, junto a la vacunación y la responsabilidad de los ciudadanos en vísperas del puente de la Constitución y las navidades. 

En cualquier caso, la DGA estudia ahora las resoluciones jurídicas recién dadas a conocer y no descarta nuevas medidas que estime necesarias, a tenor del "difícil contexto actual", según han trasladado fuentes del Ejecutivo. 

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